Resumen jurídico: La Sala Suprema indica que, a pesar de haber estado separados por más de 17 años, corresponderá asignarse una pensión alimentaria del 20 % de los ingresos de la expareja, pues existe evidencia fotografía donde se visualiza a la solicitante en una silla de ruedas y en una condición física deteriorada.CASACIÓN N.° 3603-2018 LIMA NORTE Sentencia en Casación, Año XXVII / N.° 825 (El…