Resumen jurídico: La Sala Suprema indica que la modificación total del estatuto social de la asociación aprobada en asamblea general votado por mayoría no implica una vulneración al derecho de disentir o de opinar, dado que en este tipo de personas jurídicas los acuerdos se aprueban con el voto de la mayoría de los asociados asistentes a la asamblea general, lo que no implica arbitrariedad…