Sumario

1. Introducción. — 2. El patrimonio familiar. — 3. El procedimiento de independización. — 4. ¿El patrimonio familiar se puede desnaturalizar? — 5. Conclusiones. — 6. Referencias bibliográficas.

Resumen

Las autoras consideran que en atención al artículo 58 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, ante el pedido de independización de un bien sujeto a patrimonio familiar, los registradores vienen trasladando a las nuevas unidades las características de dicho patrimonio constituido, lo cual exige que, previamente a la independización, se pueda modificar las condiciones de dicho patrimonio para asegurar la posición de los eventuales acreedores.

Palabras clave: Carga técnica, independización, acreedores, patrimonio familiar, unidades inmobiliarias

Fundamento legal: Arts. 488, 489 y 501 del CC; 58 y 81 del RIRP

Recibido: 02-01-23
Aprobado: 27-01-23
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ABSTRACT

The authors consider that in accordance with Article 58 of the Land Registry Registration Regulations, upon requesting the independence of an asset subject to family patrimony, the registrars have been transferring the characteristics of said constituted patrimony to the new units, which requires that, prior to the independence, the conditions of said patrimony can be modified to ensure the position of possible creditors.

Keywords: Technical burden, independence, creditors, family assets, real estate units

Title: The denaturation of the family patrimony as a result of the independence of the affected property

1. Introducción

El artículo 489 del Código Civil señala que el objeto del patrimonio familiar puede ser:1.- La casa habitación de la familia.2.- Un predio destinado a la agricultura, la artesanía, la industria o el comercio.El patrimonio familiar no puede exceder de lo necesario para la morada o el sustento de los beneficiarios. Por su parte, el artículo 58 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios…