Casación
Resumen jurídico: En el presente caso el demandado fue notificado con la sentencia, pero con información incompleta con fecha 3 de febrero, sin embargo, efectuó la devolución de la cédula junto con un escrito de nulidad después de 4 días hábiles, lo que evidencia la falta de diligencia del demandado que contraviene el artículo 176 del Código Procesal Civil, habiendo vencido incluso el plazo legal…
