Se aprueba precedente de observancia obligatoria
Mediante la Resolución del Presidente del Tribunal Registral N.° 200-2019-SUNARP/PT, publicado el 04 de setiembre del 2019, en el diario oficial El Peruano, se aprobó precedente de observancia obligatoria en sesión extraordinaria sobre el tema de denominación o razón social, siendo el texto precedente el siguiente:

Mediante la Resolución del Presidente del Tribunal Registral N.° 200-2019-SUNARP/PT, publicado el 04 de setiembre del 2019, en el diario oficial El Peruano, se aprobó precedente de observancia obligatoria en sesión extraordinaria sobre el tema de denominación o razón social, siendo el texto precedente el siguiente:
ARTÍCULO PRIMERO: Disponer la publicación del precedente de observancia obligatoria aprobados en sesión extraordinaria del Duocentésimo Décimo Tercero Pleno del Tribunal Registral, modalidad no presencial, realizada los días 06 y 07 de agosto de 2019, siendo el texto del precedente el siguiente:
REGISTRO: JURÍDICAS
TEMA: DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL
SUMILLA: LEGITIMIDAD PARA ADOPTAR DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL IGUAL A LA DE SOCIEDAD PREEXISTENTE
Corresponde al registro evaluar si se cuenta con legitimidad para adoptar denominación o razón social igual a la de otra sociedad preexistente. La legitimidad queda acreditada con copia certificada del acta de junta general de la sociedad preexistente que autoriza su uso y la convocatoria respectiva, salvo que se trate de sesión universal. Criterio sustentado en la Resolución N.º 544-2019-SUNARP-TR-T del 07/08/2019.
ARTÍCULO SEGUNDO: El precedente ante indicado será de obligatorio cumplimiento a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.