Junta Nacional de Justicia recibió más de 3.700 denuncias contra jueces, juezas y fiscales
En una nota de prensa del diario “El Peruano” emitida en su portal el 3 de mayo del 2023, desde inicios desde el 2020 se han registrado más de 3.700 denuncias ciudadanas.

Desde el inicio de sus funciones la Junta Nacional de Justicia recibió más de 3,700 denuncias contra jueces, juezas y fiscales de todos los niveles a nivel nacional.
Las denuncias provienen de ciudadanos, ciudadanas o personas jurídicas que acuden a este organismo constitucional que tiene, entre sus funciones, sancionar a las autoridades señaladas, de comprobarse que han cometido faltas disciplinarias.
La función sancionadora de la JNJ alcanza también al jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y al jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), así como a los jefes de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público. La JNJ también puede actuar de oficio frente a indicios de faltas disciplinarias cometidas por cualquiera de estas autoridades.
Requisitos
Presentada una denuncia, la Dirección de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ verifica el cumplimiento de requisitos, entre ellos que el denunciante y la autoridad denunciada estén plenamente identificados, que exista una determinación clara de la falta disciplinaria y que se presenten medios probatorios.
Luego de comprobarse el cumplimiento de requisitos, la denuncia es asignada aleatoriamente a un miembro del pleno de la JNJ, quien en su condición de miembro instructor, hará la evaluación de la denuncia, pudiendo luego de ello declararla improcedente o elevar un informe al pleno planteando el inicio de una investigación preliminar.
En casos de magistrados que no son supremos, el miembro instructor puede remitir la denuncia al órgano de control del Poder Judicial o del Ministerio Público para que asuma la investigación.
¿Procedente o improcedente?
El miembro instructor puede declarar improcedente la denuncia en los siguientes casos: si el hecho denunciado hubiese caducado, si la denuncia no es contra juez, jueza, fiscales o contra alguna de las otras autoridades sobre quienes la JNJ tiene competencia. Se declara improcedente también (para verse en la JNJ) si el hecho denunciado es la comisión de un delito (se ve en el fuero penal), o si es una infracción constitucional.
Puede visualizar la nota de prensa aquí: https://bit.ly/40ZOibe