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12 de agosto de 2022

Indecopi ratifica segunda sentencia interpuesta al sector eléctrico por abuso de posición de dominio

“El Peruano”, en una nota de prensa emitida en su portal el día de ayer, Indecopi ratifica segunda sentencia interpuesta al sector eléctrico por abuso de posición de dominio.

Indecopi ratifica segunda sentencia interpuesta al sector eléctrico por abuso de posición de dominio

La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del Indecopi confirmó, en segunda y última instancia administrativa, la sanción impuesta a Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. (SEAL) por abuso de posición de dominio, pues aplicó condiciones injustificadas y desiguales a los usuarios que deseaban pasar del mercado regulado al mercado libre.

En el sector eléctrico, aquellos usuarios que tienen una demanda anual de energía de 200 KW hasta 2500 KW tienen derecho a elegir si permanecen como usuarios regulados o se cambian a usuarios libres. Cabe destacar que los usuarios libres no se encuentran sujetos a regulación de precios por la energía o potencia que consumen.  

El trato desigual (discriminatorio) analizado en este caso, consistía en que SEAL exoneraba del plazo de preaviso o no exigía la instalación previa de los equipos técnicos de seguridad a los clientes que decidían migrar del mercado regulado al mercado libre, siempre y cuando continuaban con dicha empresa como suministradora de energía. Sin embargo, sí exigía esas condiciones a los clientes que decidían migrar, pero cambiando de empresa suministradora. 

Considerando lo antes señalado y los elementos recabados en la investigación, se determinó que SEAL había vulnerado la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas (artículo 10 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 1034). 

Este caso fue denunciado por la empresa Atria Energía S.A.C. ante la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi y concluyó con una multa de 1000 UIT, equivalente a S/ 4 600 000 (cuatro millones seiscientos mil soles) de acuerdo con el valor de la UIT vigente este año. La sanción fue confirmada por la SDC. 

La referida decisión constituye el segundo pronunciamiento emitido por la SDC, en lo que va del año, sobre sanción a empresas del sector eléctrico por cometer actos de abuso de posición de domino. 

Es pertinente indicar que estas investigaciones se encuentran acordes a las recomendaciones y directrices de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) orientadas a fortalecer la detección y sanción conductas abusivas realizadas unilateralmente por agentes dominantes, considerando sus efectos restrictivos en los mercados.

https://bit.ly/3dtPnFf.

Fuente: El Peruano

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