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Nacional
30 de enero de 2023

Indecopi declara ilegal el cobro en función a las caras de un anuncio publicitario

“El Peruano”, en una nota de prensa emitida en su portal el día 28 de enero del 2023, indica que la sala del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección declara ilegal el cobro en función a las caras de un anuncio publicitario.

Indecopi declara ilegal el cobro en función a las caras de un anuncio publicitario

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) declaró barrera burocrática ilegal el artículo 65 de la Ordenanza N.º 2348-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que regula disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en los distritos de la provincia de Lima.

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Tribunal del Indecopi mencionó que la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) cuenta con competencia para crear, modificar y suprimir, entre otros, tasas y derechos municipales.

Dicha competencia, no obstante, debe ejercerse dentro de los límites establecidos por el artículo 70 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por el Decreto Supremo N.º 156-2004-EF, que dispone que las tasas por servicios administrativos no deben exceder el costo de la prestación de estos.

En tal sentido, dispuso que la imposición de un cobro en función a las caras del anuncio publicitario resulta ilegal porque la MML, durante la tramitación del procedimiento, no acreditó de qué modo el servicio que presta se intensifica cuando un anuncio cuenta con varias caras y, por tanto, que el cobro que efectúa responda a la prestación efectiva del servicio.

La barrera burocrática ilegal se encuentra materializada en el artículo 65 de la Ordenanza N.º 2348-2021-MML.

 

Puede visualizar la nota de prensa aquí: http://bit.ly/3HEmToO 

Fuente: El Peruano