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13 de abril de 2022

Exoneran del IGV a cinco productos de la canasta básica: pollo, huevos, azúcar, pastas sin cocer y el pan

“El peruano”, en una nota de prensa emitida en su portal el día de hoy, señaló que el pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen que exonera del impuesto general a las ventas (IGV) para cinco productos de la canasta básica familiar, a fin de atenuar el alza de los precios.

Exoneran del IGV a cinco productos de la canasta básica: pollo, huevos, azúcar, pastas sin cocer y el pan

El pleno del Congreso de la República aprobó el dictamen que recomienda allanarse a las observaciones del Poder Ejecutivo, y establece la exoneración del impuesto general a las ventas (IGV) para los cinco productos de la canasta básica familiar, que son: pollo, huevos, azúcar, pastas sin cocer y el pan.

El dictamen, que fue aprobado previamente en la Comisión de Economía, fue apoyado por un total de 95 congresistas, mientras que 10 se expresaron en contra y tres votaron por la abstención.

La norma aprobada tiene por objeto establecer medidas extraordinarias relacionadas con el IGV aplicable a los principales alimentos que formen parte de la canasta básica familiar, con la finalidad de atenuar el impacto inflacionario generado por la coyuntura económica internacional.

Características

Tal como establecía la propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), que los productos a exonerar del IGV tendrán un período hasta el 31 de julio de este año.

Refiere que los contribuyentes que comercialicen los bienes señalados podrán aplicar como crédito fiscal el IGV a las adquisiciones o importaciones de los principales insumos requeridos en el proceso productivo, los cuales serán determinados mediante decreto supremo refrendado por el MEF.

 

En cuanto a las disposiciones complementarias finales, refiere que lo aprobado entrará en vigor a partir del primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación de la presente ley en el Diario Oficial El Peruano.

 

Además, mediante decreto supremo, refrendado por el MEF, se establecen las normas reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación de la norma en un plazo no mayor de 15 días calendario.

Agrega que lo dispuesto se aplica a las operaciones de importación o venta de los bienes señalados que se realicen en las zonas comprendidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.

De igual modo, se encarga al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) el monitoreo de los precios de venta al consumidor final de los bienes que forman parte de la canasta básica familiar.

El Banco Central de Reserva (BCR) proyectó que la inflación interanual retornará al rango meta (entre 1% y 3% anual) a inicios del 2023, asumiendo que se revierte el efecto de factores transitorios sobre la tasa de inflación (tipo de cambio, precios internacionales de combustibles y granos) en un contexto en que la brecha del producto bruto interno (PBI) se irá cerrando gradualmente, y en el que continúa el retiro gradual del estímulo monetario.

Prevé, asimismo, que el alza de los precios se atenuaría en los próximos meses.

https://bit.ly/38PLckH

Fuente: El Peruano

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