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01 de febrero de 2022

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone la atención de procesos urgentes durante el periodo de vacaciones del Año Judicial 2022

“El Peruano”, mediante una nota de prensa emitida en su portal el día de hoy, señaló que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso la atención de casos urgentes durante el periodo de vacaciones judiciales del 1 al 15 de febrero, y del 16 al 30 de diciembre, a fin de tramitar los procesos a su cargo y en materias pares.

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispone la atención de procesos urgentes durante el periodo de vacaciones del Año Judicial 2022

 

El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ) dispuso el funcionamiento de órganos jurisdiccionales de emergencia, los cuales atenderán durante las vacaciones del Año Judicial 2022, programadas del 1 al 15 de febrero, y del 16 al 30 de diciembre.

La Resolución Administrativa N.° 000413-2021-CE-PJ señala que los órganos jurisdiccionales de emergencia —los cuales serán designados por las presidencias de las cortes superiores del país— además de conocer y tramitar los procesos a su cargo, deberán también atender las materias de sus pares que gozarán de vacaciones.

En el área penal, se atenderán los recursos de hábeas corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámites de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones.

De igual modo, en el ámbito civil serán atendidas las acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso, señala la norma.

En el área de Familia deben resolverse las consignaciones de alimentos, autorización de viajes de menores, violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores, entre otras materias; y en la especialidad laboral, las consignaciones laborales.

También se incluyen todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo con su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia contencioso-administrativa, constitucional y previsional u otras peticiones que estimen pertinentes.

En la Corte Suprema

En la Corte Suprema, el órgano jurisdiccional de emergencia que funcionará en el periodo de vacaciones será la Sala Penal Permanente, la cual, además, de atender los expedientes a su cargo, también verá las situaciones de emergencia que se presenten en la Sala Penal Transitoria Suprema.

Asimismo, una Mesa de Partes recibirá asuntos correspondientes a las materias civil, penal y de derecho constitucional y social.

La norma dispone que la Sala Penal Especial y el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema, cuenten con personal mínimo para el cumplimiento de las funciones encomendadas.

En las cortes superiores, los órganos jurisdiccionales de emergencia y el personal mínimo necesario serán designados por el presidente/a del respectivo distrito judicial.

https://bit.ly/3ri276c

 

Fuente: El Peruano

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