Ante escasez de mascarillas el Indecopi insta a las farmacias a ser veraz con la información que provee a los consumidores
El Indecopi, en un comunicado publicado en su portal el día 7 de marzo, instó a los diferentes puntos de venta, principalmente farmacias, a ser veraz con la información que provee a los consumidores, ello con la finalidad de cumplir adecuadamente con los servicios ofertados.

El Indecopi, en un comunicado publicado en su portal el día 7 de marzo, instó a los diferentes puntos de venta, principalmente farmacias, a ser veraz con la información que provee a los consumidores, ello con la finalidad de cumplir adecuadamente con los servicios ofertados.
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Según el Código Penal la especulación de productos considerados de primera necesidad es un delito y corresponde al Ministerio Público determinar las acciones correspondientes en el ámbito de sus competencias.
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en su calidad de Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, respecto de las noticias difundidas en relación a la escasez de mascarillas y gel antibacterial y similares en los establecimientos farmacéuticos y otros puntos de venta, informa a la opinión pública:
En la coyuntura relacionada con el anuncio de los primeros casos en territorio nacional del Coronavirus (COVID-19), se exhorta a los proveedores brindar información de acuerdo a lo establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor. En el mismo marco legal, se insta a implementar medidas que permitan que las farmacias actúen verificando el cumplimiento de las normas vigentes y adoptando las medidas necesarias para respetar los lineamientos de protección del consumidor, a fin de cumplir con los servicios ofertados en el mercado de forma adecuada.
El Indecopi realiza esta demanda en atención a sus competencias asignadas, como entidad encargada de vigilar el correcto funcionamiento del mercado y de proteger los derechos de los consumidores, supervisando que la información que se les brinda sea oportuna, suficiente, veraz y fácilmente accesible, que les permita tomar una decisión de consumo que se ajuste a sus intereses, y asegurando la idoneidad de los bienes y servicios en función de la información otorgada.
El Indecopi está facultado para ejecutar las acciones necesarias que fortalezcan la protección del consumidor y los mecanismos para la defensa de sus derechos e imponer sanciones y dictar las medidas correctivas correspondientes.
Sin embargo, el Indecopi recuerda que el artículo 234 del Código Penal tipifica como delito de especulación la venta de productos considerados oficialmente de primera necesidad a precios superiores a los fijados por la autoridad competente. En ese sentido, corresponde al Ministerio Público determinar acciones correspondientes en el ámbito de sus competencias.
El Indecopi continuará monitoreando que los proveedores de los diferentes sectores económicos como boticas, aerolíneas, supermercados, agencias de viaje, cumplan con brindar información veraz, oportuna y relevante sobre los productos que expenden y servicios que brindan. Este monitoreo incluye, entre otros, el verificar que no le atribuyan falsas características a los productos, como por ejemplo, el ofrecer mascarillas como un producto que evita el contagio del COVID-19.
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