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Poder Ejecutivo
Publicado: 2026-04-28

Resolución Ministerial Nº 165-2026-JUS

Entidad EmisoraPoder Ejecutivo
Fecha de Publicación2026-04-28
Número de Norma165-2026-JUS

Lima, 24 de abril de 2026

VISTOS, el Informe Nº 026-2026-JUS/DGAC-DPC, de la Dirección de Política Criminológica; el Informe Nº 000127-2026-JUS/DGAC, de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; el Informe Nº 043-2026-JUS/OGPM-OOM, de la Oficina de Organización y Modernización; el Memorando Nº 1102-2026-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 561-2026-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 4, que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno;

Que, conforme con la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, este tiene entre sus funciones rectoras, la de formular, ejecutar y supervisar las políticas nacionales que le son propias por su ámbito de competencia;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0134-2025-JUS, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargado de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Procesal Penal y/o normas conexas en la materia, con la finalidad de fortalecer y actualizar las normas contenidas en dicho Código y/o normas conexas, atendiendo a los desarrollos criminológicos, jurisprudenciales y doctrinales que se han producido;

Que, el numeral 1 del artículo 6 de la citada Resolución Ministerial dispone que la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo se encuentra a cargo de la Dirección de Política Criminológica de la Dirección General de Asuntos Criminológicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; quien brinda apoyo técnico y administrativo coadyuvando al cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo;

Que, el artículo 8 de la Resolución Ministerial antes mencionada, establece un periodo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de un (01) año contado a partir del día hábil siguiente a su instalación, pudiendo prorrogarse por periodos similares o inferiores, mediante Resolución Ministerial, según acuerde el Grupo de Trabajo, en función al cumplimiento de su objeto. Asimismo, indica que, en cualquier caso, la prórroga no supera el plazo máximo establecido en el numeral 28.2 del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM;

Que, mediante el documento de vistos, la Secretaría Técnica del citado Grupo de Trabajo Multisectorial, señala que mediante acta de sesión ordinaria de fecha 19 de marzo de 2026, se acordó prorrogar su vigencia por un plazo de un (01) año, considerando que a la fecha se viene trabajando en la redacción de las propuestas normativas y que se encuentran pendientes de análisis los temas relacionados a las medidas de coerción procesal penal, la impugnación en el proceso penal, la ejecución de la sentencia y/o los que el Grupo de Trabajo Multisectorial plantee;

Con el visado de la Dirección General de Asuntos Criminológicos; de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Prórroga de la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial

Prorrogar por un (01) año, contados a partir del 6 de mayo de 2026, la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, encargado de revisar y proponer mejoras a las disposiciones contenidas en el Código Procesal Penal y/o normas conexas en la materia, con la finalidad de fortalecer y actualizar las normas contenidas en dicho Código y/o normas conexas, atendiendo a los desarrollos criminológicos, jurisprudenciales y doctrinales que se han producido.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Plataforma digital única del Estado peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ENRIQUE JIMÉNEZ BORRA

Ministro

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

2509915-1

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Fuente oficial: El Peruano

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