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Comentario Legal
02 de septiembre de 2022

Se modifica la R.M. N.° 003-2022/MINSA, por medio del cual se delegan facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio de Salud durante el 2022

Civil
Se modifica la R.M. N.° 003-2022/MINSA, por medio del cual se delegan facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Ministerio de Salud durante el 2022

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que las entidades pueden delegar la competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad;

Que, el literal e) del artículo 10 del Decreto Legislativo N.° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministro de Salud es la más alta autoridad política del Sector; y tiene entre otras funciones, las que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función;

Que, el Texto Único Ordenado – TUO de la Ley N.º 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N.º 082-2019-EF y el Reglamento de la Ley N.º 30225, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 344-2018-EF y modificatoria, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; siendo que conforme dispone el artículo 8 del TUO de la Ley N.º 30225, el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que le otorga la mencionada Ley;

Que, los numerales 230.2. y 230.4. del artículo 230 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N.° 344-2018-EF y modificatorias, establecen que tanto en el arbitraje institucional como en el ad hoc la designación del árbitro por parte de la Entidad es aprobada por su Titular o por el servidor en quien este haya delegado tal función, y que para desempeñarse como árbitro se requiere estar inscrito en el Registro Nacional de Árbitros (RNA- OSCE);

Que, se ha visto la pertinencia de delegar en el Procurador Público del Ministerio de Salud, la facultad y atribución de aprobar la designación de los árbitros, en materia de Contrataciones del Estado, en el marco de la normatividad que resulte aplicable;

Que, mediante Informe D000051-2022-OGAJ-MINSA, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite la opinión correspondiente sobre la propuesta señalada en el considerando precedente, estimando legalmente procedente proseguir con el trámite de su aprobación;

Con los vistos del Procurador Público (e), del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General (e), del Viceministro de Salud Pública, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud (e);

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N.º 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley N.º 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones, aprobado por el Decreto Supremo N.° 082-2019-EF; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N.° 344-2018-EF y modificatorias; y el Decreto Supremo N.º 008-2017-SA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el numeral 2.2. del artículo 2 de la Resolución Ministerial N.° 003-2022/MINSA, de acuerdo al siguiente texto:

“Artículo 2.- Delegación de facultades al/a la Secretario/a General

Delegar durante el Año Fiscal 2022, al/a la Secretario/a General del Ministerio de Salud, las siguientes facultades:

2.2. En materia de Contrataciones del Estado de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central - Ministerio de Salud:

[…]

g) Resolver los contratos de obras por las causales descritas en la normatividad vigente, previo informe favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina General de Administración y Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización”.

Artículo 2.- Incorporar el artículo 12-A a la Resolución Ministerial N.° 003-2022/MINSA, de acuerdo al siguiente texto:

“Artículo 12-A.- Delegación de facultades al/a la Procurador/a Público del Ministerio de Salud

Delegar durante el Año Fiscal 2022, al/a la Procurador/a Público del Ministerio de Salud, la siguiente facultad:

Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en el arbitraje institucional como en el ad hoc, en el marco de la normatividad aplicable”.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de Transparencia del Ministerio de Salud.

Pamela Kaori Angeles Alacha
Br. Pamela Kaori Angeles Alacha

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Resolución Ministerial Nº 658-2022/MINSA

Modifican la R.M. N° 003-2022/MINSA, mediante la cual se delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Salud durante el Año Fiscal 2022