Actualidad Civil
Inicia sesión
o suscríbete
Zona de
suscriptores

Suscripción 2027

AGOSTO 2026 - JULIO 2027

Portada
Última ediciónNúmeros anteriores
InicioLa revistaEquipo editorialIndizaciónEstadísticas
Especial del mes
Jurisprudencias
Códigos y leyes
NoticiasComentarios legales
ipTVPodcast
Suscripción 2027
  1. Portada
  2. Zona de Suscriptores
  3. Comentarios Legales
Comentario Legal

Se modifica el Arancel de Aduanas 2022

Se modifica el Arancel de Aduanas 2022
Priscilla Mercedes Del Villar Canchari
Por Priscilla Mercedes Del Villar Canchari
Editor civil
13 de julio de 2022

CONSIDERANDO:

Que, el inciso n) del artículo 98 de la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo N.º 1053, considera al ingreso y salida del material de guerra como un régimen aduanero especial o de excepción que se rige por sus propias normas;

Que, el Decreto Ley N.º 14568 señala, en su artículo 1, que la carga clasificada como material de guerra podrá ser retirada directamente por los Institutos Armados, libre de pago de derechos de importación, consulares, adicionales y derechos portuarios mediante un recibo en el que figuren las visas indispensables de las diferentes dependencias de Aduana, exonerándose de la presentación de Factura Consular y Póliza de Consumo;

Que, mediante el Decreto Supremo N.º 024-DE/SG, se hizo extensivo el procedimiento de despacho especial de material de guerra al Ministerio del Interior - Policía Nacional del Perú;

Que, de conformidad con el artículo 6 del Decreto Supremo N.º 052-2001-PCM, se entenderá que las mercancías clasificadas como “Material de Guerra” o “Secreto Militar” son exclusivamente aquellas enumeradas en el artículo 2 del citado Decreto Supremo que no se producen localmente;

Que, con la finalidad de facilitar el despacho de la mercancía destinada al régimen aduanero especial de material de guerra, es necesario modificar el Arancel de Aduanas 2022, aprobado por el Decreto Supremo N.º 404-2021-EF, a efectos de incorporar una subpartida nacional al Capítulo 98 y un literal a la Nota Complementaria Nacional del mismo capítulo;

De conformidad con lo establecido en el artículo 74 y en el inciso 20) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú;

DECRETA:

Artículo 1. Incorporación de subpartida nacional

Incorpórase la subpartida nacional 9811.00.00.00 al Capítulo 98 del Arancel de Aduanas 2022, aprobado por el Decreto Supremo Nº 404-2021-EF, conforme al texto siguiente:

Código

Designación de la Mercancía

A/V

9811.00.00.00

Material de guerra

0

Artículo 2. Incorporación de literal a la Nota Complementaria Nacional

Incorpórase el literal F) a la Nota Complementaria Nacional del Capítulo 98 del Arancel de Aduanas 2022, aprobado mediante el Decreto Supremo N.º 404-2021-EF, conforme al texto siguiente:

“F) Las mercancías calificadas como material de guerra de la subpartida nacional 9811.00.00.00 son aquellas comprendidas en el artículo 2 del Decreto Supremo N.º 052-2001-PCM, consignadas al Ministerio de Defensa (Ejército Peruano, Fuerza Aérea del Perú y Marina de Guerra del Perú) o al Ministerio del Interior - Policía Nacional del Perú y despachadas bajo el régimen aduanero especial de material de guerra.”

Artículo 3. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Decreto Supremo Nº 163-2022-EF

Modifican el Arancel de Aduanas 2022, aprobado por el Decreto Supremo Nº 404-2021-EF
Civil

Comentarios

Últimos Comentarios

No hay más comentarios disponibles.
Actualidad Civil

Una marca de Instituto Pacífico

Actualidad Civil la revista de referencia obligatoria para jueces, fiscales y abogados civilistas con rigor dogmático y soluciones prácticas.

La revista

  • Última edición
  • Números anteriores
  • Inicio
  • La revista
  • Equipo editorial
  • Indización
  • Estadísticas

Normas editoriales

  • Normas para autores
  • Normas de evaluación
  • Normas éticas
  • Políticas de acceso abierto
  • Políticas de preservación digital
Convocatoria Formas de pago

Alertas civiles

Regístrate gratis y recibe en tu correo o WhatsApp las últimas casaciones del día, modificaciones del Código Civil y beneficios exclusivos de la Campaña 2027

Estamos para ayudarte

Comuníquese con nuestra central o visítenos en nuestras oficinas corporativas autorizadas.

Central telefónica:(01) 619-3700
Correo de informes:info@institutopacifico.pe
Dirección:Jr. Castrovirreyna 224, Breña, Lima - Perú

Transparencia

  • Términos y Condiciones de Uso
  • Políticas de Privacidad y Datos Personales (Ley N° 29733)
  • Políticas de Cookies

Cumplimiento legal

Conforme al Código de Protección al Consumidor en el Perú, ponemos a su disposición nuestro libro virtual de incidencias.

Libro de reclamaciones
© 2026 Actualidad Civil - Instituto Pacífico S.A.C. Todos los derechos reservados.