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Comentario Legal
05 de agosto de 2020

Se establecen mecanismos de verificación de las autorizaciones de viaje de menores durante el control migratorio de salida del territorio nacional

Civil
Se establecen mecanismos de verificación de las autorizaciones de viaje de menores durante el control migratorio de salida del territorio nacional

SE RESUELVE:


Artículo 1.- Establecer como mecanismo de verificación de la validez de las autorizaciones de viaje de niños, niñas y adolescentes durante el control migratorio de salida del territorio nacional, la interoperabilidad entre la Superintendencia Nacional de Migraciones -MIGRACIONES y los Colegios de Notarios a nivel nacional.

Para tal efecto, MIGRACIONES y los Colegios de Notarios del Perú, en el ámbito de sus competencias, deberán integrar sus bases de datos referidas a la autorización notarial de viaje de menores al exterior.


Artículo 2.- Disponer que el acceso, por parte de MIGRACIONES, a los sistemas autorizados por los Colegios de Notarios del Perú, será en forma gratuita, para los fines descritos en el artículo 1 de la presente resolución.


Artículo 3.- Ordenar que la información que se obtenga al amparo del artículo 1 de la presente resolución se integra al Registro de Información Migratoria – RIM, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N.º 1350 y su Reglamento, facilitando las actividades de la gestión migratoria.


Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística y la Gerencia de Servicios Migratorios, efectúen las acciones destinadas al cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.


Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/superintendencia-nacional-de-migraciones) y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe).