Se establecen mecanismos de verificación de las autorizaciones de viaje de menores durante el control migratorio de salida del territorio nacional

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Establecer como mecanismo de verificación de la validez de las autorizaciones de viaje de niños, niñas y adolescentes durante el control migratorio de salida del territorio nacional, la interoperabilidad entre la Superintendencia Nacional de Migraciones -MIGRACIONES y los Colegios de Notarios a nivel nacional.
Para tal efecto, MIGRACIONES y los Colegios de Notarios del Perú, en el ámbito de sus competencias, deberán integrar sus bases de datos referidas a la autorización notarial de viaje de menores al exterior.
Artículo 2.- Disponer que el acceso, por parte de MIGRACIONES, a los sistemas autorizados por los Colegios de Notarios del Perú, será en forma gratuita, para los fines descritos en el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 3.- Ordenar que la información que se obtenga al amparo del artículo 1 de la presente resolución se integra al Registro de Información Migratoria – RIM, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N.º 1350 y su Reglamento, facilitando las actividades de la gestión migratoria.
Artículo 4.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de Información, Comunicaciones y Estadística y la Gerencia de Servicios Migratorios, efectúen las acciones destinadas al cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo 5.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/superintendencia-nacional-de-migraciones) y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe).