Se dispone la publicación del proyecto de Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para de residuos sólidos

CONSIDERANDO:
Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida;
Que, conforme con lo dispuesto por el artículo I del Título Preliminar de la Ley N.° 28611, Ley General del Ambiente, toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N.° 28611, establece que los instrumentos de gestión ambiental podrán ser, entre otros, de prevención, y corrección, rigiéndose por sus normas legales respectivas y los principios contenidos en la referida Ley;
Que, de acuerdo con lo previsto en el literal k) del artículo 7 del Decreto Legislativo N.° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad tiene como función específica promover y coordinar la adecuada gestión de residuos sólidos;
Que, el literal i) del artículo 15 del Decreto Legislativo N.° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, señala que corresponde al Ministerio del Ambiente desarrollar los criterios para la formulación y evaluación del impacto ambiental para los proyectos de inversión que se requieren para la gestión integral de residuos municipales y no municipales, así como también para los proyectos de las Empresas Operadoras de Residuos Sólidos;
Que, mediante el artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1278, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 014-2017-MINAM, se establece que todo proyecto de inversión de infraestructura de residuos sólidos debe contar con un instrumento de gestión ambiental aprobado por el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE, el Gobierno Regional o la Municipalidad Provincial, según corresponda, en el marco de las normas del Sistema Nacional de Evaluación e Impacto Ambiental - SEIA;
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de la Ley N.° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, aprobado por Decreto Supremo N.° 019-2009-MINAM, toda persona natural o jurídica, de derecho público o privado, nacional o extranjera, que pretenda desarrollar un proyecto de inversión susceptible de generar impactos ambientales negativos de carácter significativo, que estén relacionados con los criterios de protección ambiental establecidos en el Anexo V y los mandatos señalados en el Título II del referido Reglamento deben gestionar una certificación ambiental ante la autoridad competente que corresponda;
Que, de conformidad con lo previsto en el literal c) de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1278, se establece que el Ministerio del Ambiente elabora guías para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para infraestructuras de residuos sólidos;
Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 74 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N.° 002-2017-MINAM, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene como función proponer instrumentos técnicos – normativos sobre el manejo de residuos sólidos, en el ámbito de su competencia, en coordinación con las entidades competentes, según corresponda;
Que, sobre la base de esto último, a través del Informe N.° 00129-2020-MINAM/VMGA/DGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos presenta el proyecto de “Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para infraestructuras de residuos sólidos”, solicitando su prepublicación a fin de recibir las opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 002-2009-MINAM, en concordancia con el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N.° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N.° 28611, Ley General del Ambiente; el Decreto Legislativo N.° 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 014-2017-MINAM; la Ley N.° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 019-2009-MINAM; el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N.° 002-2009-MINAM; el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N.° 002-2017-MINAM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Guía para la formulación y evaluación de instrumentos de gestión ambiental para infraestructuras de residuos sólidos”.
Dicha publicación se realiza en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/1024-consultas-publicas-de-proyectos-normativos-minam), para recibir opiniones y/o sugerencias de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Las opiniones y/o sugerencias sobre el proyecto señalado en el artículo precedente, deberán ser remitidas por escrito al Ministerio del Ambiente, sito en la Avenida Antonio Miró Quesada N.° 425, cuarto piso, distrito de Magdalena del Mar, Lima; o a la dirección electrónica consultas_dgrs@minam.gob.pe.
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