Actualidad Civil
Inicia sesión
o suscríbete
Zona de
suscriptores

Suscripción 2027

AGOSTO 2026 - JULIO 2027

Portada
Última ediciónNúmeros anteriores
InicioLa revistaEquipo editorialIndizaciónEstadísticas
Especial del mes
Jurisprudencias
Códigos y leyes
NoticiasComentarios legales
ipTVPodcast
Suscripción 2027
  1. Portada
  2. Zona de Suscriptores
  3. Comentarios Legales
Comentario Legal

Se dispone la adecuación a las reglas macrofiscales para el sector público no financiero, al contexto de reactivación de la economía

Se dispone la adecuación a las reglas macrofiscales para el sector público no financiero, al contexto de reactivación de la economía
Priscilla Mercedes Del Villar Canchari
Por Priscilla Mercedes Del Villar Canchari
Editor civil
04 de agosto de 2022

Artículo 1. Objeto

La presente ley tiene por objeto establecer un retorno gradual al conjunto de las reglas macrofiscales establecidas en el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero; con la finalidad de preservar la sostenibilidad fiscal del país, en consistencia con una reducción gradual del déficit fiscal y el estado actual de las finanzas públicas; y conforme con el Principio General del Marco Fiscal del país establecido en el Decreto Legislativo 1276, el cual indica que el Estado busca asegurar permanentemente la sostenibilidad fiscal.

Artículo 2. Ajustes a las reglas macrofiscales referentes a la deuda del Sector Público No Financiero

Excepcionalmente, con respecto a la regla de deuda del Sector Público No Financiero, el Sector Público No Financiero se sujeta a lo siguiente:

Regla de deuda: A partir del año fiscal 2023, la deuda bruta total del Sector Público No Financiero no excederá el treinta y ocho por ciento (38 %) del Producto Bruto Interno (PBI), y debe ser menor o igual a treinta por ciento (30 %) del Producto Bruto Interno (PBI) en un plazo no mayor a diez (10) años. A partir del último año de este plazo, entra en vigencia la regla de deuda establecida en el literal a) del numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo 1276. El cumplimiento de esta regla fiscal requiere el cumplimiento conjunto de las otras reglas macrofiscales vigentes con arreglo a lo dispuesto en la presente ley.

Artículo 3. Ajustes a las reglas macrofiscales referentes al resultado económico del Sector Público No Financiero

Excepcionalmente, respecto a la Regla de resultado económico de los años indicados, el Sector Público No Financiero, se sujeta a lo siguiente:

Regla de resultado económico: El déficit fiscal anual del Sector Público No Financiero, para los años fiscales 2023, 2024, 2025 y 2026, no debe ser mayor a 2,4; 2,0; 1,5; y 1,0 por ciento del Producto Bruto Interno (PBI), respectivamente. A partir del último año de este periodo, entra en vigencia la regla de resultado económico establecida en el literal b) del numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo 1276.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Concordancia con las leyes anuales de presupuesto, de endeudamiento y de equilibrio financiero, los créditos suplementarios y la ejecución presupuestal del Sector Público No Financiero

Las leyes anuales de presupuesto, de endeudamiento y de equilibrio financiero, los créditos suplementarios y la ejecución presupuestal del Sector Público No Financiero se sujetan a la regla de deuda y a la regla de resultado económico establecidas en los artículos 2 y 3 de la presente ley, así como a las demás reglas fiscales establecidas en el Decreto Legislativo 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero, según corresponda.

Normas Legales Enlazadas

Poder Legislativo

Ley Nº 31541

Ley que dispone la adecuación a las reglas macrofiscales para el Sector Público No Financiero al contexto de reactivación de la economía
Civil

Comentarios

Últimos Comentarios

No hay más comentarios disponibles.
Actualidad Civil

Una marca de Instituto Pacífico

Actualidad Civil la revista de referencia obligatoria para jueces, fiscales y abogados civilistas con rigor dogmático y soluciones prácticas.

La revista

  • Última edición
  • Números anteriores
  • Inicio
  • La revista
  • Equipo editorial
  • Indización
  • Estadísticas

Normas editoriales

  • Normas para autores
  • Normas de evaluación
  • Normas éticas
  • Políticas de acceso abierto
  • Políticas de preservación digital
Convocatoria Formas de pago

Alertas civiles

Regístrate gratis y recibe en tu correo o WhatsApp las últimas casaciones del día, modificaciones del Código Civil y beneficios exclusivos de la Campaña 2027

Estamos para ayudarte

Comuníquese con nuestra central o visítenos en nuestras oficinas corporativas autorizadas.

Central telefónica:(01) 619-3700
Correo de informes:info@institutopacifico.pe
Dirección:Jr. Castrovirreyna 224, Breña, Lima - Perú

Transparencia

  • Términos y Condiciones de Uso
  • Políticas de Privacidad y Datos Personales (Ley N° 29733)
  • Políticas de Cookies

Cumplimiento legal

Conforme al Código de Protección al Consumidor en el Perú, ponemos a su disposición nuestro libro virtual de incidencias.

Libro de reclamaciones
© 2026 Actualidad Civil - Instituto Pacífico S.A.C. Todos los derechos reservados.