Se dispone el inicio del procedimiento de Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos a fin de que integren la nómina de la Corte Superior de Justicia del Callao del año 2021

CONSIDERANDO:
Primero. Que, es atribución del Presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao, dirigir, la aplicación de la política del Poder Judicial en su Distrito, en coordinación con el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y ejercer las demás atribuciones que le confieren las leyes y los reglamentos.
Segundo. Que la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – Zona Registral N.° IX, con la finalidad de asegurar la continuidad del servicio del Registro de Martilleros Públicos como, refiere que debe habilitarse el ejercicio de las funciones del martillero público de acuerdo a las formalidades establecidas en la Ley N.° 27728, ley del Martillero Publico y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.° 008-2005-JUS, para lo cual emite la Resolución Jefatural N.° 118-072-2021-SUNARP-Z.R.N.°IX/JEF de fecha 04 de marzo del 2021, que dispone la habilitación anual para ejercer el cargo de martillero público para el periodo 2021.
Tercero. Que mediante el Memorándum N.° 0034-2021-USJ-GAD-CSJCL/PJ de fecha 05 de abril del 2021, la Unidad de Servicio Judiciales, solicita se inicie el procedimiento de inscripción o reinscripción de martilleros públicos de esta Corte Superior de Justicia para el año 2021.
Cuarto. Que el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial aprobado por la Resolución Administrativa N.° 213-2017-CE-PJ de fecha 12 agosto del 2017 establece el procedimiento 25 “Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos”, el cual se hace de forma anual. Dando inicio al procedimiento al presentar la documentación en mesa de partes.
Quinto. Que, conforme a lo señalado anteriormente, resulta necesario disponer el inicio del procedimiento de Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos.
En atención a los considerandos antes señalados, con el objeto de brindar un eficiente servicio de Administración de Justicia en beneficio de los justiciables, y en el uso de las facultades conferidas por el artículo 90, incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER el inicio del Procedimiento de Inscripción y/o Reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia del Callao, correspondiente al año 2021.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que el plazo para la presentación de solicitudes para la inscripción y/o reinscripción de solicitudes inicia el 05 de mayo del 2021 y concluye el 25 de mayo del 2021, siendo dicho plazo improrrogable, fijando que la inscripción de realizará al correo electrónico: mesapartesgadcsjcl@pj.gob.pe
Artículo Tercero.- ESTABLECER como requisitos para la inscripción y/o reinscripción de Martilleros Públicos los siguientes: 1) La Solicitud será dirigida a la Gerencia de Administración Distrital con atención a la Unidad de Servicios Judiciales, la cual debe encontrarse en formato PDF y deberá contener Nombres y Apellidos completos, N.° de DNI, N.° de Casilla Electrónica, estado civil, profesión. 2) El postulante deberá adjuntar el recibo de pago de la tasa arancelaria con el código 07277 por concepto de Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos, de conformidad a lo señalado en el TUPA del Poder Judicial. 3) En el caso de reinscripción, se adjuntará la Resolución vigente que emite el Órgano Desconcentrado designado por la SUNARP.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el procedimiento de Inscripción y/o Reinscripción de Martilleros Públicos para integrar la Nómina de la Corte Superior de Justicia del Callao, correspondiente al año 2021 a la Unidad de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, quien verificará previamente que las solicitudes cumplan con los requisitos establecidos en la Resolución Administrativa N.° 213-2017-CE-PJ.
Artículo Quinto.- DISPONER que la Unidad de Servicios Judiciales en coordinación con la Oficina de Imagen Institucional realicen las gestiones necesarias para la difusión de la presente resolución en el portal web institucional y otros medios tecnológicos, con precisión de los requisitos contenidos en el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial para el presente proceso de inscripción y/o reinscripción.
Artículo Sexto.- PÓNGASE la presente resolución en conocimiento de la Gerencia de Administración Distrital, Unidad de Servicios Judiciales, Oficina de Imagen Institucional y a los interesados, para los fines pertinentes.
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