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Comentario Legal
18 de enero de 2022

Se designa al señor Jorge Henry Cotos Ochoa como director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura del Programa Nacional de Centros Juveniles

Civil
Se designa al señor Jorge Henry Cotos Ochoa como director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura del Programa Nacional de Centros Juveniles

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo N.° 006-2019-JUS, publicado el 1 de febrero de 2019 en el Diario Oficial “El Peruano”, se creó el Programa Nacional de Centros Juveniles (PRONACEJ), en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, a través de la Resolución Ministerial N.° 119-2019-JUS, publicada el 1 de abril de 2019 en el Diario Oficial “El Peruano”, se formalizó la creación de la Unidad Ejecutora “Centros Juveniles” en el Pliego 006: “Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”;

Que, mediante la Resolución Ministerial N.° 247-2021-JUS, publicada el 10 de diciembre de 2021 en el Diario Oficial “El Peruano”, se aprobó el nuevo Manual de Operaciones (MOP) del PRONACEJ y se derogaron las Resoluciones Ministeriales N.°s 120-2019-JUS y 301-2019-JUS;

Que, el artículo 7 del MOP establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del PRONACEJ; por lo que, es responsable de planificar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones técnico - administrativas y operativas del Programa, cautelando el cumplimiento de las políticas, lineamientos y planes orientados al funcionamiento óptimo del Sistema de Reinserción Social del Adolescente en Conflicto con la Ley Penal;

Que, de acuerdo al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del PRONACEJ, aprobado por Resolución Ministerial N.° 281-2019-JUS, el cargo estructural de “director/a del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura”, tiene la clasificación de Empleado de Confianza (EC);

Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 02-2022-JUS/PRONACEJ, de fecha 6 de enero de 2022, se encargó temporalmente al señor Adriano Agurto Colina las funciones del cargo de confianza de director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura, en adición a sus funciones de administrador I de dicho centro juvenil;

Que, atendiendo a que se encuentra vacante el cargo público de confianza de director/a del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura, por razones de servicio, resulta necesario designar a la persona que asuma el mencionado cargo de confianza;

Que, mediante el Informe N.° 23-2022-JUS/PRONACEJ-UGRH, de fecha 14 de enero de 2022, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos indica que procedió a la evaluación de los requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos del PRONACEJ y de los requisitos establecidos en el artículo 7 de la Ley N.° 28175, Ley Marco del Empleo Público, verificándose que el señor Jorge Henry Cotos Ochoa cumple con los requisitos para desempeñar el cargo de confianza de director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau – Piura, bajo los alcances del Decreto Legislativo N.° 1057;

Que, de acuerdo al Informe N.° 19-2022-JUS/PRONACEJ-UAJ, de fecha 14 de enero de 2022, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que la propuesta de designación se encuentra dentro del marco legal vigente; por lo que, resulta viable que la Dirección Ejecutiva del PRONACEJ emita el acto resolutivo mediante el cual se designe al señor Jorge Henry Cotos Ochoa en el cargo de confianza de director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura;

Que, de acuerdo con lo establecido en el literal p) del artículo 8 del Manual de Operaciones del PRONACEJ, la Dirección Ejecutiva tiene como función: “Designar, encargar funciones, puestos y remover al personal de confianza”;

Con los vistos de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Centros Juveniles, aprobado mediante Resolución Ministerial N.° 247-2021-JUS y la Resolución Ministerial N.° 261-2021-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dar por culminado el encargo temporal del servidor Adriano Agurto Colina en las funciones del cargo de confianza de director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau – Piura, en adición a sus funciones de administrador I de dicho centro juvenil, realizado mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N.° 02-2022-JUS/PRONACEJ.

Artículo 2.- Designar al señor Jorge Henry Cotos Ochoa en el cargo de confianza de director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau – Piura del Programa Nacional de Centros Juveniles.

Artículo 3.- Disponer que la Unidad de Gestión de Recursos Humanos realice las acciones administrativas que resulten necesarias, en mérito a lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe).

Indira Katherine Vega Ramirez
Abg. Indira Katherine Vega Ramirez

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 011-2022-JUS/PRONACEJ

Designan director del Centro Juvenil de Medio Cerrado Miguel Grau - Piura del Programa Nacional de Centros Juveniles