Se deroga el artículo 3 de la R.M. N.° 043-2021-MTC/01, que estableció a pasajeros contar con una prueba molecular o antígena con resultado negativo para abordar sus vuelos

CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 3 de la Resolución Ministerial N.° 043-2021-MTC/01, modificado por las Resoluciones Ministeriales N.° 092-2021-MTC/01 y N.° 112-2021-MTC/01, se establece que los pasajeros de los servicios de transporte aéreo nacional en cualquiera de sus modalidades, que partan de alguna provincia declarada en el Nivel de Alerta Extremo, deben contar con una prueba molecular o antígena con resultado negativo, como máximo con setenta y dos (72) horas de obtenido el resultado, para abordar sus respectivos vuelos;
Que, mediante Informe N.° 063-2021-MTC/12, la Dirección General de Aeronáutica Civil, sustenta y propone derogar el artículo 3 de la Resolución Ministerial N.° 043-2021-MTC/01, toda vez que las aeronaves se encuentran equipadas con filtros de aire HEPA (High Efficiency Particulate Air) o similares; y, que las empresas aéreas y los aeropuertos cuentan con estrictos protocolos de bioseguridad que se aplican a todo el personal que participa en la actividad aeronáutica y a los respectivos usuarios del servicio, en las operaciones de embarque y desembarque, el trayecto del vuelo, y otras etapas de la operación;
Que, en tal sentido, corresponde expedir el acto resolutivo que implemente lo propuesto por la Dirección General de Aeronáutica Civil;
De conformidad con lo establecido en la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N.° 0785-2020-MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Derogar el artículo 3 de la Resolución Ministerial N.° 043-2021-MTC/01.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
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