Se conforma el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el sector Comercio Exterior

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, este Ministerio es el organismo rector del sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y que constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a Ley;
Que, mediante el artículo 3 del Decreto Legislativo N.º 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas, se declara de interés nacional la promoción de la inversión privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos de Activos, para contribuir al crecimiento de la economía nacional, al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país;
Que, de conformidad con el artículo 7 del citado Decreto Legislativo se establece que las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo indicado, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada; asimismo establece que la designación de los miembros del referido Comité se efectúa mediante Resolución Ministerial que se publica en el diario oficial El Peruano, según se trate de Ministerios y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas;
Que, el numeral 17.6 del artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1362 aprobado mediante Decreto Supremo N.° 240-2018-EF, establece que tratándose de Ministerios que tengan a su cargo dos o más sectores, estos pueden contar con más de un Comité de Promoción de la Inversión Privada en función al número de sectores a su cargo;
Que, el MINCETUR cuenta con un Comité de Promoción de la Inversión Privada, integrado por representantes del sector Turismo, y que fue creado por Resolución Ministerial N.° 007-2016-MINCETUR, modificada por las Resoluciones Ministeriales N.° 468-2016-MINCETUR y N.° 317-2017-MINCETUR;
Que, considerando que el MINCETUR tiene a su cargo dos sectores claramente diferenciados respecto a sus funciones y objetivos señalados en la Ley N.° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, corresponde crear el Comité de Promoción de la Inversión Privada para el sector de Comercio Exterior, así como designar a sus miembros, y establecer sus funciones;
Que, de acuerdo con lo señalado en numeral 17.1 del artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1362, aprobado mediante Decreto Supremo N.º 240-2018-EF, el Comité de Promoción de la Inversión Privada de un Ministerio o de otras entidades públicas habilitadas mediante Ley expresa, que pertenezcan o se encuentren adscritas al Gobierno Nacional, es un órgano colegiado integrado por tres (3) funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad;
Que, teniendo en cuenta la necesidad de la creación de un Comité de Promoción de la Inversión Privada para el sector de Comercio Exterior y la designación de sus miembros, corresponde emitir la presente Resolución Ministerial;
Que, como consecuencia de lo antes señalado, corresponde actualizar la denominación del Comité creado por la Resolución Ministerial N.° 007-2016-MINCETUR, modificada por las Resoluciones Ministeriales N.° 468-2016-MINCETUR y N.° 317-2017-MINCETUR, por “Comité de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el sector Turismo”.
De conformidad con la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Legislativo N.° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos; el Decreto Supremo N.° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N.º 240-2018-EF, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1362;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Constituir el Comité de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el sector Comercio Exterior, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N.º 1362, Decreto Legislativo que regula la promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.º 240-2018-EF.
Artículo 2.- El Comité de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el sector Comercio Exterior está conformado por los siguientes miembros:
a) El/la Director(a) General de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, quien lo preside,
b) El/la Director(a) General de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, y
c) El/la Director(a) General de la Dirección General de Facilitación de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior.
Artículo 3.- Asignar al Comité de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el sector Comercio Exterior, las funciones establecidas en el numeral 6.3 del artículo 6, el artículo 7 y el artículo 8 del Decreto Legislativo N.° 1362, Decreto Legislativo que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 240-2018-EF, así como las demás funciones que le resulten aplicables.
Artículo 4.- Actualizar la denominación del Comité creado por la Resolución Ministerial N.° 007-2016-MINCETUR, modificada por las Resoluciones Ministeriales N.° 468-2016-MINCETUR y N.° 317-2017-MINCETUR, por “Comité de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el sector Turismo”.
Artículo 5.- Notificar la presente resolución a los miembros del Comité y al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Públicas Privadas a cargo de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fines pertinentes.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal web institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
