Se certifica a sesenta y tres personas jurídicas acreedoras de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”

CONSIDERANDO:
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Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1098 reconoce como parte de los ámbitos de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la prevención, protección, y atención de la violencia contra la mujer y la familia, promoviendo la recuperación de las personas afectadas;
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Que, el Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021, aprobado con Decreto Supremo N° 008-2016-MIMP, considera dentro del Objetivo Estratégico N° 1 “Cambiar patrones socioculturales que reproducen relaciones desiguales de poder y diferencias jerárquicas que legitiman y exacerban la violencia de género, que afecta desproporcionadamente a las mujeres en su diversidad (entre ellas las niñas, adolescentes, adultas y adultas mayores; mujeres indígenas, afrodescendientes y mestizas; mujeres urbanas y rurales; mujeres heterosexuales, lesbianas, bisexuales y trans; mujeres con discapacidad; mujeres migrantes; mujeres con VIH; mujeres en prostitución y mujeres privadas de libertad), en la familia, sociedad e instituciones públicas y privadas”, se encuentra la Acción Estratégica 1.7. “Involucramiento de nuevos actores en la prevención e investigación en violencia de género”, la cual contiene el Indicador Acciones Estratégicas 1.7.1. “Número de Empresas que se incorporan al Sello Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer a nivel nacional”, apareciendo en el año 2019, la Meta 25; lo cual está vinculado a la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 184-2011-MIMDES, se institucionalizó el reconocimiento del “SELLO EMPRESA SEGURA LIBRE DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER”, el cual es otorgado a aquellas empresas que realicen esfuerzos destinados a la promoción de la no discriminación y no violencia contra la mujer;
Que, con la Resolución Ministerial N° 184-2011-MIMDES, se conformó el Comité Especial encargado de determinar a quien se entregará dicha distinción, siendo que mediante Resoluciones Ministeriales N° 266-2012-MIMP y N° 084-2013-MIMP, se modificó su conformación en mérito a la nueva estructura orgánica y a las funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al Reglamento de Organización y Funciones del Sector, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias;
Que, mediante Nota N° 43-2018-MIMP/SG de fecha 12 de marzo de 2018, la Secretaría General remite a la Viceministra de la Mujer copia de las 45 Cédulas de Notificación adjuntando las Resoluciones y Certificados correspondientes, remitidas por el área de Marcas No Contenciosa de la Dirección de Signos Distintivos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual referidas al registro de la marca de certificación “Empresa Segura Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, en las que se señala la Clase de distinción en cada uno de los certificados emitidos;
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Que, a través del Acta de la Sesión Ordinaria N° 10-2020 del Comité Especial, de fecha 26 de febrero del año 2020, se acordó aprobar el “Informe Final de la Etapa de Evaluación de la IV Edición de la Marca de Certificación Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer” elaborado por la Secretaría Técnica del Comité Evaluador para el otorgamiento de la marca de certificación a las sesenta y tres (63) empresas que cumplieron con los criterios para la obtención de dicho reconocimiento;
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Que, en dicho contexto, mediante Nota N° D000083-2020-MIMP-DGCVG complementada con Nota N° D000100-2020-MIMP-DGCVG, la Dirección General contra la Violencia de Género, remite el Informe N° D000026-2020-MIMP-DPVLV complementado con el Informe N° D000040-2020-MIMP-DPVLV de la Dirección de Políticas para una Vida Libre de Violencia, sustentando la emisión de la Resolución Ministerial por la cual se certifique a las sesenta y tres (63) personas jurídicas acreedoras de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, las cuales se encuentran consignadas en el Anexo que adjunta y forma parte integrante de la presente resolución, así como solicita, se determine como órgano técnico responsable de la administración, vigilancia, supervisión y fiscalización, a la Dirección General contra la Violencia de Género, en base a lo señalado en el Reglamento de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer” e indicado, además, por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual;
Que, mediante Informe N° D000041-2020-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica estima que, en el marco de la normativa precitada y de acuerdo a lo señalado por las unidades orgánicas competentes, resulta legalmente procedente que a través de la presente resolución, se certifique a las sesenta y tres (63) personas jurídicas acreedoras de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, reconocidas en la IV Edición de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución;
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De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modificatoria; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modificatorias y la Resolución Ministerial N° 172-2018-MIMP;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Certificar a las sesenta y tres (63) personas jurídicas acreedoras de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, reconocidas en la IV Edición de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2. Las personas jurídicas reconocidas en la IV Edición de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer” obtienen una Licencia de Uso, la cual es intransferible y es otorgada por un periodo de dos (2) años, a partir de la emisión de la presente resolución, la cual concluye luego del vencimiento del plazo o, en caso de revocatoria.
La aplicación de la Licencia de Uso es regulada de acuerdo a lo estipulado en el Reglamento de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, aprobado con Resolución Ministerial N° 172-2018-MIMP.
Artículo 3. Durante el periodo de vigencia de la Licencia de Uso de la Marca de Certificación “Empresa Segura, Libre de Violencia y Discriminación contra la Mujer”, la Dirección General contra la Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, es el órgano técnico responsable de administrar, vigilar, supervisar y fiscalizar el buen uso de ésta.
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables emitirá, a propuesta de la Dirección General contra la Violencia de Género, las disposiciones complementarias necesarias para regular las funciones de administración, vigilancia, supervisión y fiscalización.
Artículo 4. Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp) en el mismo día de la publicación en el Diario Oficial El Peruano.
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