Se autoriza la inscripción de la empresa española BOLEA SAEZ SERVICIOS S.L en el Registro de Corredores de Reaseguros

CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. N.° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de las Empresas Corredoras de Reaseguros Extranjeras en el Registro respectivo;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa;
Que, el Departamento de Registros ha considerado pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa BOLEA SAEZ SERVICIOS, S.L. en el Registro; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N.° 26702 y sus modificatorias; en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. N.° 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018;
RESUELVE:
Artículo Primero. Autorizar la inscripción en el Registro, Sección II: De los Corredores de Reaseguros, B: Extranjeros, a la empresa BOLEA SAEZ SERVICIOS, S.L., con matrícula N.° C.RE-084.
Artículo Segundo. La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
