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Comentario Legal
12 de mayo de 2021

Se autoriza la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021

Civil
Se autoriza la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Ley N.° 27563, Ley que autoriza la Creación del Registro Nacional de Municipalidades, con la finalidad de integrar la información estadística de las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados creados con arreglo a ley, el que está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI);

 

Que, por Decreto Supremo N.° 033-2002-PCM, se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Municipalidades (RENAMU) y el Directorio Nacional de Municipalidades de Centro Poblado Menor (DINAMUCEP), la cual dispone que la organización, implementación y actualización del Registro Nacional de Municipalidades está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática;

 

Que, el artículo 15 del citado Decreto Supremo, dispone que las municipalidades deben remitir al INEI, la información durante el primer trimestre de cada año. Asimismo, señala que las unidades de estadística o el personal encargado de las municipalidades, son responsables del diligenciamiento de los formularios del Registro y de la veracidad de los datos que se consignan;

 

Que, el artículo 19 del Reglamento estipula que el Registro Nacional de Municipalidades se actualizará de manera permanente y que las municipalidades están obligadas a brindar información anual y cuando sea necesario. Dicha actualización de la información se hará en formatos impresos o medios magnéticos de acuerdo a los procedimientos que establezca el INEI para tal efecto;

 

Que, mediante documento del visto la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, solicita a la Jefatura autorización para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021; y la aprobación del Formulario 01 dirigido a las municipalidades provinciales y distritales y el Formulario 02 dirigido a las municipalidades de centros poblados;

 

Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021, y aprobar los Formularios 01 y 02 para el levantamiento de la información estadística, fijando el plazo máximo de entrega de la información, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo N.° 043-2001-PCM, “Reglamento de Organización y Funciones del INEI”;

 

Estando a lo propuesto por la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,

 

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo 1.- Autorizar, la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021, que se ejecutará a partir del 17 de mayo de 2021, y estará a cargo de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. La presente Resolución se encuentra publicada en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (http://www.inei.gob.pe).

 

Artículo 2.- Aprobar el Formulario 01, dirigido a las municipalidades provinciales y distritales; y el Formulario 02, dirigido a las municipalidades de centros poblados, que serán utilizados para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades, los cuales serán remitidos a todas las municipalidades del país, vía correo electrónico en formato PDF, para su diligenciamiento por el Alcalde u otra autoridad municipal que delegue. Los Formularios, también estarán disponibles en la página Web del INEI www.inei.gob.pe, para su diligenciamiento en línea, utilizando una clave de acceso que será proporcionada mediante oficio dirigido al Alcalde.

 

Artículo 3.- Establecer como plazo máximo de presentación de los formularios, debidamente diligenciados del 17 de mayo al 02 de julio 2021, los mismos que serán remitidos en el departamento de Lima: al Instituto Nacional de Estadística e Informática a los correos electrónicos renamu@inei.gob.pe y mesadepartes@inei.gob.pe; y, en los otros departamentos del país, a las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, cuyos correos electrónicos se consignan en el Anexo que forman parte de la presente Resolución.

 

Artículo 4.- Autorizar, a los Directores Departamentales y Zonales de las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, a efectuar coordinaciones con las autoridades municipales de su jurisdicción, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

 

Artículo 5.- Precisar, que las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87, 89 y 91 del Decreto Supremo N.° 043-2001 PCM y que el pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información solicitada.

 

Regístrese y comuníquese.

 

DANTE CARHUAVILCA BONETT

 

Jefe

 

 

ANEXO

 

REGISTRO NACIONAL DE MUNICIPALIDADES 2021

 

Lugares de Distribución y Recepción de Formularios

 

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA - LIMA SEDE CENTRAL

 

Dirección: Av. Gral. Garzón N.° 654 - 658, Jesús María - Lima 11

 

Teléfonos Móviles: 991685938 / 994603270 / 991681389

 

Correo electrónico: renamu@inei.gob.pe

 

Oficinas Departamentales de Estadística e Informática – ODEI

 


ODEI AMAZONAS

 

Dirección: Jr. Amazonas N.° 417 - Chachapoyas

 

Teléfono: 041 - 477478 / 478129 / 978880147

 

Correo electrónico: AMAZONAS@INEI.GOB.PE

 

ODEI ÁNCASH - HUARAZ

 

Dirección: Jr. Dámaso Antúnez N.° 723 Barrio de Belén - Huaraz

 

Teléfono: 043 - 421991 / 943979215 / 957684538

 

Correo electrónico: HUARAZ @INEI.GOB.PE

 

OFICINA ZONAL DE ÁNCASH - CHIMBOTE

 

Dirección: Urb. Los Pinos, Mz. A2 Lote 1 – Chimbote (Altura del Vivero Forestal de Chimbote-Zona La Antena)

 

Teléfono: 043 - 323951 / 988746325 / 943354917

 

Correo electrónico: CHIMBOTE@INEI.GOB.PE

 

ODEI APURÍMAC

 

Dirección: Av. Circunvalación N.° 279

 

(Referencia: Ex local de COFOPRI) – Abancay

 

Teléfono: 083 - 321191 / 322030 / 980101049

 

Correo electrónico: APURIMAC@INEI.GOB.PE

 

ODEI AREQUIPA

 

Dirección: Calle Santo Domingo 103, Oficina N.° 412 (Local de

 

la Biblioteca: San Juan de Dios 120A)

 

Teléfono: 054 - 282810 / 997524818 / 959772183

 

Correo electrónico: AREQUIPA@INEI.GOB.PE

 

ODEI AYACUCHO

 

Dirección: Jr. Callao N.° 226 - Ayacucho

 

Teléfono: 066 - 313175 / 313705 / 989194991

 

Correo electrónico: AYACUCHO@INEI. GOB.PE

 

ODEI CAJAMARCA

 

Dirección: Jr. Comercio N.° 629 - Cajamarca

 

Teléfono: 076 - 366006 / 361588 / 976839199

 

Correo electrónico: CAJAMARCA@INEI.GOB.PE

 

ODEI CUSCO

 

Dirección: Av. El Sol N.° 272

 

Teléfono: 084 - 224830 / 247778 / 984693559

 

Correo electrónico: CUSCO@INEI.GOB.PE

 

ODEI HUANCAVELICA

 

Dirección: Jr. Montesinos S/N (Referencia: A 1/2 cuadra del IPD, Frente a la Empresa Yuri) Barrio de Santa Ana

 

Teléfono: 067 - 453027 / 369394 / 994603155

 

Correo electrónico: HUANCAVELICA@INEI.GOB.PE

 

ODEI HUÁNUCO

 

Dirección: Jr. 28 de Julio N.° 835 - Huánuco

 

Teléfono: 062 - 514002 / 516731 / 989715363

 

Correo electrónico: HUANUCO@INEI.GOB.PE

 

ODEI ICA

 

Dirección: Av. Municipalidad N.° 209 – 213 - Ica

 

Teléfono: 056 - 224491 / 219374 / 994603284

 

Correo electrónico: ICA@INEI.GOB.PE

 

ODEI JUNÍN

 

Dirección: Calle Real N.° 601- 615 - Huancayo

 

Teléfono: 064 - 216336 / 214179 / 955974300

 

Correo electrónico: JUNIN@INEI.GOB.PE

 

ODEI LA LIBERTAD

 

Dirección: Av. Manuel Vera Enríquez N.° 504 -

 

Urb. Las Quintanas - Trujillo

 

Teléfono: 044 - 249455 / 207400 / 960673133

 

Correo electrónico: LIBERTAD@INEI.GOB.PE

 

ODEI LAMBAYEQUE

 

Dirección: Av. José Balta N.° 658, 1er. piso - Chiclayo

 

Teléfono: 074 - 206826 / 979364995 - 998023387

 

Correo electrónico: LAMBAYEQUE@INEI.GOB.PE

 

ODEI LIMA

 

Dirección: Pasaje Túpac Amaru 121 - Huacho - Huaura

 

Teléfono: 01 - 3970369 / 3970373 / 944582316

 

Correo electrónico: HUACHO@INEI.GOB.PE

 

ODEI LORETO

 

Dirección: Jr. Putumayo N.° 173 - Iquitos

 

Teléfono: 065 - 233197 / 241505 / 921655709

 

Correo electrónico: LORETO@INEI.GOB.PE

 

ODEI MADRE DE DIOS

 

Dirección: Jr. Arequipa N.° 154 - Puerto Maldonado - T Tambopata

 

Teléfono: 082 - 571610 / 573580 / 973593518

 

Correo electrónico: MADREDEDIOS@INEI.GOB.PE

 

ODEI MOQUEGUA

 

Dirección: Av. Santa Fortunata Mz. Q3A Lote. 6 del CC.PP. San Antonio - Moquegua

 

Teléfono: 053 – 461269 / 997574785 / 971018077

 

Correo electrónico: MOQUEGUA@INEI.GOB.PE

 

ODEI PASCO

 

Dirección: Centro Comercial Edif. N.° 4 Oficina N.° 3

 

San Juan 2do. Piso - Yanacancha

 

Teléfono: 063 - 422437 / 422782 / 944927363

 

Correo electrónico: PASCO@INEI.GOB.PE

 

ODEI PIURA

 

Dirección: Calle El Parque N.° 212 Urb. Santa Isabel - Piura

 

Centro de Documentación: Av. Sullana 1142

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Ley N.° 27563, Ley que autoriza la Creación del Registro Nacional de Municipalidades, con la finalidad de integrar la información estadística de las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados creados con arreglo a ley, el que está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI);

 

Que, por Decreto Supremo N.° 033-2002-PCM, se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Municipalidades (RENAMU) y el Directorio Nacional de Municipalidades de Centro Poblado Menor (DINAMUCEP), la cual dispone que la organización, implementación y actualización del Registro Nacional de Municipalidades está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática;

 

Que, el artículo 15 del citado Decreto Supremo, dispone que las municipalidades deben remitir al INEI, la información durante el primer trimestre de cada año. Asimismo, señala que las unidades de estadística o el personal encargado de las municipalidades, son responsables del diligenciamiento de los formularios del Registro y de la veracidad de los datos que se consignan;

 

Que, el artículo 19 del Reglamento estipula que el Registro Nacional de Municipalidades se actualizará de manera permanente y que las municipalidades están obligadas a brindar información anual y cuando sea necesario. Dicha actualización de la información se hará en formatos impresos o medios magnéticos de acuerdo a los procedimientos que establezca el INEI para tal efecto;

 

Que, mediante documento del visto la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, solicita a la Jefatura autorización para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021; y la aprobación del Formulario 01 dirigido a las municipalidades provinciales y distritales y el Formulario 02 dirigido a las municipalidades de centros poblados;

 

Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021, y aprobar los Formularios 01 y 02 para el levantamiento de la información estadística, fijando el plazo máximo de entrega de la información, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81 y 83 del Decreto Supremo N.° 043-2001-PCM, “Reglamento de Organización y Funciones del INEI”;

 

Estando a lo propuesto por la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y,

 

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 del Decreto Legislativo N.° 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.

 

SE RESUELVE:

 

Artículo 1.- Autorizar, la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2021, que se ejecutará a partir del 17 de mayo de 2021, y estará a cargo de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. La presente Resolución se encuentra publicada en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (http://www.inei.gob.pe).

 

Artículo 2.- Aprobar el Formulario 01, dirigido a las municipalidades provinciales y distritales; y el Formulario 02, dirigido a las municipalidades de centros poblados, que serán utilizados para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades, los cuales serán remitidos a todas las municipalidades del país, vía correo electrónico en formato PDF, para su diligenciamiento por el Alcalde u otra autoridad municipal que delegue. Los Formularios, también estarán disponibles en la página Web del INEI www.inei.gob.pe, para su diligenciamiento en línea, utilizando una clave de acceso que será proporcionada mediante oficio dirigido al Alcalde.

 

Artículo 3.- Establecer como plazo máximo de presentación de los formularios, debidamente diligenciados del 17 de mayo al 02 de julio 2021, los mismos que serán remitidos en el departamento de Lima: al Instituto Nacional de Estadística e Informática a los correos electrónicos renamu@inei.gob.pe y mesadepartes@inei.gob.pe; y, en los otros departamentos del país, a las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, cuyos correos electrónicos se consignan en el Anexo que forman parte de la presente Resolución.

 

Artículo 4.- Autorizar, a los Directores Departamentales y Zonales de las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, a efectuar coordinaciones con las autoridades municipales de su jurisdicción, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

 

Artículo 5.- Precisar, que las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87, 89 y 91 del Decreto Supremo N.° 043-2001 PCM y que el pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información solicitada.

 

Regístrese y comuníquese.

 

DANTE CARHUAVILCA BONETT

 

Jefe

 

 

ANEXO

 

REGISTRO NACIONAL DE MUNICIPALIDADES 2021

 

Lugares de Distribución y Recepción de Formularios

 

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA - LIMA SEDE CENTRAL

 

Dirección: Av. Gral. Garzón N.° 654 - 658, Jesús María - Lima 11

 

Teléfonos Móviles: 991685938 / 994603270 / 991681389

 

Correo electrónico: renamu@inei.gob.pe

 

Oficinas Departamentales de Estadística e Informática – ODEI

 


ODEI AMAZONAS

 

Dirección: Jr. Amazonas N.° 417 - Chachapoyas

 

Teléfono: 041 - 477478 / 478129 / 978880147

 

Correo electrónico: AMAZONAS@INEI.GOB.PE

 

ODEI ÁNCASH - HUARAZ

 

Dirección: Jr. Dámaso Antúnez N.° 723 Barrio de Belén - Huaraz

 

Teléfono: 043 - 421991 / 943979215 / 957684538

 

Correo electrónico: HUARAZ @INEI.GOB.PE

 

OFICINA ZONAL DE ÁNCASH - CHIMBOTE

 

Dirección: Urb. Los Pinos, Mz. A2 Lote 1 – Chimbote (Altura del Vivero Forestal de Chimbote-Zona La Antena)

 

Teléfono: 043 - 323951 / 988746325 / 943354917

 

Correo electrónico: CHIMBOTE@INEI.GOB.PE

 

ODEI APURÍMAC

 

Dirección: Av. Circunvalación N.° 279

 

(Referencia: Ex local de COFOPRI) – Abancay

 

Teléfono: 083 - 321191 / 322030 / 980101049

 

Correo electrónico: APURIMAC@INEI.GOB.PE

 

ODEI AREQUIPA

 

Dirección: Calle Santo Domingo 103, Oficina N.° 412 (Local de

 

la Biblioteca: San Juan de Dios 120A)

 

Teléfono: 054 - 282810 / 997524818 / 959772183

 

Correo electrónico: AREQUIPA@INEI.GOB.PE

 

ODEI AYACUCHO

 

Dirección: Jr. Callao N.° 226 - Ayacucho

 

Teléfono: 066 - 313175 / 313705 / 989194991

 

Correo electrónico: AYACUCHO@INEI. GOB.PE

 

ODEI CAJAMARCA

 

Dirección: Jr. Comercio N.° 629 - Cajamarca

 

Teléfono: 076 - 366006 / 361588 / 976839199

 

Correo electrónico: CAJAMARCA@INEI.GOB.PE

 

ODEI CUSCO

 

Dirección: Av. El Sol N.° 272

 

Teléfono: 084 - 224830 / 247778 / 984693559

 

Correo electrónico: CUSCO@INEI.GOB.PE

 

ODEI HUANCAVELICA

 

Dirección: Jr. Montesinos S/N (Referencia: A 1/2 cuadra del IPD, Frente a la Empresa Yuri) Barrio de Santa Ana

 

Teléfono: 067 - 453027 / 369394 / 994603155

 

Correo electrónico: HUANCAVELICA@INEI.GOB.PE

 

ODEI HUÁNUCO

 

Dirección: Jr. 28 de Julio N.° 835 - Huánuco

 

Teléfono: 062 - 514002 / 516731 / 989715363

 

Correo electrónico: HUANUCO@INEI.GOB.PE

 

ODEI ICA

 

Dirección: Av. Municipalidad N.° 209 – 213 - Ica

 

Teléfono: 056 - 224491 / 219374 / 994603284

 

Correo electrónico: ICA@INEI.GOB.PE

 

ODEI JUNÍN

 

Dirección: Calle Real N.° 601- 615 - Huancayo

 

Teléfono: 064 - 216336 / 214179 / 955974300

 

Correo electrónico: JUNIN@INEI.GOB.PE

 

ODEI LA LIBERTAD

 

Dirección: Av. Manuel Vera Enríquez N.° 504 -

 

Urb. Las Quintanas - Trujillo

 

Teléfono: 044 - 249455 / 207400 / 960673133

 

Correo electrónico: LIBERTAD@INEI.GOB.PE

 

ODEI LAMBAYEQUE

 

Dirección: Av. José Balta N.° 658, 1er. piso - Chiclayo

 

Teléfono: 074 - 206826 / 979364995 - 998023387

 

Correo electrónico: LAMBAYEQUE@INEI.GOB.PE

 

ODEI LIMA

 

Dirección: Pasaje Túpac Amaru 121 - Huacho - Huaura

 

Teléfono: 01 - 3970369 / 3970373 / 944582316

 

Correo electrónico: HUACHO@INEI.GOB.PE

 

ODEI LORETO

 

Dirección: Jr. Putumayo N.° 173 - Iquitos

 

Teléfono: 065 - 233197 / 241505 / 921655709

 

Correo electrónico: LORETO@INEI.GOB.PE

 

ODEI MADRE DE DIOS

 

Dirección: Jr. Arequipa N.° 154 - Puerto Maldonado - T Tambopata

 

Teléfono: 082 - 571610 / 573580 / 973593518

 

Correo electrónico: MADREDEDIOS@INEI.GOB.PE

 

ODEI MOQUEGUA

 

Dirección: Av. Santa Fortunata Mz. Q3A Lote. 6 del CC.PP. San Antonio - Moquegua

 

Teléfono: 053 – 461269 / 997574785 / 971018077

 

Correo electrónico: MOQUEGUA@INEI.GOB.PE

 

ODEI PASCO

 

Dirección: Centro Comercial Edif. N.° 4 Oficina N.° 3

 

San Juan 2do. Piso - Yanacancha

 

Teléfono: 063 - 422437 / 422782 / 944927363

 

Correo electrónico: PASCO@INEI.GOB.PE

 

ODEI PIURA

 

Dirección: Calle El Parque N.° 212 Urb. Santa Isabel - Piura

 

Centro de Documentación: Av. Sullana 1142