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Comentario Legal
24 de febrero de 2022

Se aprueba los índices de distribución del Canon y Sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, así también el Canon del departamento de Ucayali, en base a la productividad del petróleo y gas respecto al Año Fiscal 2022

Civil
Se aprueba los índices de distribución del Canon y Sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, así también el Canon del departamento de Ucayali, en base a la productividad del petróleo y gas respecto al Año Fiscal 2022

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2 de la Ley N.° 27506, Ley de Canon, establece que es objeto de la misma determinar los recursos naturales cuya explotación genera canon y regular su distribución en favor de los gobiernos regionales y gobiernos locales de las zonas donde se exploten dichos recursos naturales, de conformidad con lo establecido por el artículo 77 de la Constitución Política del Perú;

Que, en ese sentido, el numeral 5.1 del artículo 5 y el artículo 10 de la Ley N.° 27506, Ley de Canon, establecen que la distribución y la determinación del canon petrolero mantienen las condiciones actuales para su aplicación;

Que, por otra parte, la Ley N.° 27763, Ley complementaria de legislación del Canon y Sobrecanon para petróleo y gas en Piura y Tumbes y la Ley N.° 29345, Ley de distribución del Sobrecanon para petróleo y gas de los departamentos de Tumbes y Piura, modifican y actualizan diversas disposiciones contenidas en la Ley N.° 23630, Ley que establece como participación de la zona que integran los Departamentos de Piura y Tumbes al 10 % de la renta que producen la explotación del petróleo y gas en dichos Departamentos, hasta la extinción total de tales recursos y en la Ley N.° 23871, Ley que eleva en dos y medio por ciento (2.5 %) la participación sobre la renta que produce la explotación del petróleo y gas, creada por el artículo 1 de la Ley N.° 23630, que determinan los porcentajes y criterios de distribución del Canon y Sobrecanon por la participación en la renta que produce la explotación de petróleo y gas natural en los departamentos de Piura y Tumbes, a aplicarse a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Universidades Nacionales e Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Estatales de los citados departamentos;

Que, la Ley N.° 28699, Ley que modifica la distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, establece los porcentajes y criterios de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el citado departamento, a aplicarse al Gobierno Regional, Gobiernos Locales, Universidades Nacionales e Institutos Tecnológicos Nacionales, así como al Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana;

Que, mediante el Decreto Supremo N.° 206-2006-EF se aprueba el Reglamento de la Ley N.° 28699, Ley que modifica la distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali;

Que, mediante el Decreto Supremo N.° 138-2009-EF se aprueban las normas reglamentarias para la distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes;

Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del Decreto Legislativo N.° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Índices de Distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente;

Que, sobre la base de la información proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática, mediante el Oficio N.° 000008-2022-INEI/JEF; por el Ministerio de Educación, a través de los Oficios N° 00069-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, N° 00092-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y N.° 00297-2022-MINEDU/VMGP-DIGESUTPA-DIGEST; por el Ministerio del Ambiente, mediante Oficio N.° 00008-2022-MINAM/VMGA/DGECIA; y por el Ministerio de Energía y Minas, a través del Oficio N.° 0224-2022/MINEM-DGH, la Dirección General de Presupuesto Público ha efectuado los respectivos cálculos para la determinación de los índices de distribución del Canon y Sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, y del Canon en el departamento de Ucayali, por la producción de petróleo y gas, correspondientes al Año Fiscal 2022;

Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los índices de distribución del Canon y Sobrecanon en los departamentos de Piura y Tumbes, y del Canon en el departamento de Ucayali, por la producción de petróleo y gas, correspondientes al Año Fiscal 2022;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 27763, Ley complementaria de legislación del Canon y Sobrecanon para petróleo y gas en Piura y Tumbes; en la Ley N.° 29345, Ley de distribución del Sobrecanon para petróleo y gas de los departamentos de Tumbes y Piura; en la Ley N.° 28699, Ley que modifica la distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.° 206-2006-EF; en el Decreto Legislativo N.° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en el Decreto Supremo N.° 138-2009-EF, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias para la distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Objeto

1.1 Aprobar los índices de distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes, correspondientes al Año Fiscal 2022, a ser aplicados a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales e Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Estatales de dichos departamentos, conforme a los Anexos N.° 1 y N.° 2 que forman parte de la presente Resolución Ministerial.

1.2 Aprobar los índices de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali correspondientes al Año Fiscal 2022, a ser aplicados al Gobierno Regional, Gobiernos Locales e Institutos Superiores Tecnológicos Nacionales de dicho departamento, conforme a los Anexos N.° 3 y N.° 4 que forman parte de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación

La presente Resolución Ministerial y sus Anexos se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

 

Pamela Kaori Angeles Alacha
Br. Pamela Kaori Angeles Alacha

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Resolución Ministerial Nº 055-2022-EF/50

Aprueban los índices de distribución del Canon y Sobrecanon de los departamentos de Piura y Tumbes, así como del Canon en el departamento de Ucayali, por la producción de petróleo y gas correspondientes al Año Fiscal 2022