Se aprueba la tercera adenda a la modificación al Acto Constitutivo del Fideicomiso de Titulización y Comisión de Confianza” de Reactiva Perú

CONSIDERANDO:
Que, mediante el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Legislativo N.º 1455, Decreto Legislativo que crea el Programa “Reactiva Perú” para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19, se crea el Programa de Garantía del Gobierno Nacional para la Continuidad en la Cadena de Pagos -en adelante Programa “REACTIVA PERÚ”-, que tiene por objeto garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a través de un mecanismo que otorgue la garantía del Gobierno Nacional a los créditos en moneda nacional que sean colocados por las Empresas del Sistema Financiero (ESF);
Que, en virtud de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N.º 1455, se emite la Resolución Ministerial N.º 134-2020-EF-15, que aprueba el Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ”, y que tiene por objeto regular los aspectos operativos y disposiciones complementarias necesarias para su implementación, incluyendo el mecanismo de la cobranza de la cartera honrada y el plazo de duración de dicho Programa, a efectos de garantizar el financiamiento de la reposición de los fondos de capital de trabajo de las empresas que enfrentan pagos y obligaciones de corto plazo con sus trabajadores y proveedores de bienes y servicios, a través de un mecanismo que otorgue la garantía del Gobierno Nacional a los créditos en moneda nacional que sean colocados por las entidades del sistema financiero;
Que, mediante Decreto de Urgencia N.º 011-2022, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ” y para financiar actividades de promoción de la inversión privada; se aprueban medidas extraordinarias complementarias, en materia económica y financiera, que permitan la reprogramación de los créditos garantizados por el citado Programa, con el objeto de brindar facilidades de pago a los beneficiarios que cumplan con los requisitos de acceso, contemplados en el artículo 3 del referido Decreto de Urgencia;
Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N.º 011-2022 dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, adecúa el Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ” a las nuevas disposiciones contenidas en el citado Decreto de Urgencia;
Que, en ese sentido, se emite la Resolución Ministerial N.º 131-2022-EF/15, que incorpora en el Reglamento Operativo del Programa “REACTIVA PERÚ”, los criterios para definir la comisión por las reprogramaciones y el plazo de las mismas; así como otros aspectos operativos necesarios para su implementación;
Que, de otro lado, el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N.º 011-2022 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público, a modificar el contrato de fideicomiso del Programa “REACTIVA PERÚ” y sus adendas, suscrito con la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. – COFIDE, teniendo en cuenta la propuesta de modificación contractual que remita la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, bajo dicho marco legal, se emite el Informe N.º 00xx-2022-EF/65.02, a través del cual la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado del Ministerio de Economía y Finanzas remite el proyecto de Tercera Adenda a la “Modificación al Acto Constitutivo del Fideicomiso de Titulización y Comisión de Confianza” del Programa “REACTIVA PERÚ”, a efectos de viabilizar las disposiciones contenidas en el Decreto de Urgencia N.º 011-2022;
Que, en virtud de las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar la Tercera Adenda a la “Modificación al Acto Constitutivo del Fideicomiso de Titulización y Comisión de Confianza” del Programa “Reactiva PERU”, en cumplimiento de lo previsto en el numeral 2.3 del artículo 2 del Decreto Urgencia N.º 011-2022;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N.º 011-2022, Decreto de Urgencia que establece medidas en materia económica y financiera destinadas a la reprogramación de los créditos garantizados con el Programa “REACTIVA PERÚ” y para financiar actividades de promoción de la inversión privada;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobación de la Tercera Adenda a la “Modificación al Acto Constitutivo del Fideicomiso de Titulización y Comisión de Confianza” del Programa “REACTIVA PERÚ”
Aprobar la Tercera Adenda a la “Modificación al Acto Constitutivo del Fideicomiso de Titulización y Comisión de Confianza” del Programa “REACTIVA PERÚ”, a fin de viabilizar las disposiciones contenidas en el Decreto de Urgencia N.º 011-2022, la misma que se adjunta como Anexo a la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2. Autorización para suscribir documentos
Autorizar a la Directora General de la Dirección General del Tesoro Público y al Director General de la Dirección General de Mercados Financieros y Previsional Privado, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, a suscribir la Tercera Adenda a la “Modificación al Acto Constitutivo del Fideicomiso de Titulización y Comisión de Confianza” del Programa “REACTIVA PERÚ”, aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como a suscribir los documentos públicos y/o privados, conexos o complementarios que permitan su ejecución.
Artículo 3. Publicación
La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.
