Se aprueba la tabla para los procedimientos de ejecución coactiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL

CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N.° 29981 se crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, responsable de promover, supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer la emisión de normas sobre dichas materias;
Que, el artículo 6 de la Ley N.° 29981 establece que la SUNAFIL tiene competencia en el ámbito nacional para llevar a cabo procedimientos de ejecución coactiva de las sanciones pecuniarias que haya impuesto en el marco de sus competencias y conforme a lo establecido en la Ley N.° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, normas modificatorias y complementarias;
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N.° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N.° 018-2008-JUS, dispone que se considera obligación exigible coactivamente a la establecida mediante acto administrativo emitido conforme a ley, debidamente notificado y que no haya sido objeto de recurso impugnatorio alguno en la vía administrativa, dentro de los plazos de ley o en el que hubiere recaído resolución firme confirmando la obligación. También serán exigibles en el mismo procedimiento las costas y gastos en que la Entidad hubiere incurrido durante la tramitación de dicho procedimiento;
Que, la Primera Disposición Complementaria y Transitoria del precitado TUO señala que el Ministerio de Economía y Finanzas aprueba, mediante decreto supremo, en un plazo no mayor de sesenta (60) días, los topes máximos de aranceles de gastos y costas procesales de los procedimientos coactivos, que serán de obligatoria aplicación del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales y Locales;
Que, con la Resolución de Superintendencia N.° 147-2015-SUNAFIL, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de setiembre de 2015, se aprueba la Tabla de Aranceles de Costas y Gastos procesales de los procedimientos de ejecución coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL;
Que, mediante los documentos de vistos, la Oficina General de Administración hace suyo el Informe Técnico de Costos que se acompaña a la Carta N.° 003-2021-JLY/SUNAFIL, de fecha 07 de diciembre de 2020, emitida por el señor Jeffry López Yalta, Especialista en Costos y Procesos, en función al “Servicio de actualización de aranceles de costas y gastos procesales de los procedimientos de ejecución coactiva seguidos por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL”, y propone que se apruebe una nueva Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la SUNAFIL, la cual contiene treinta y cuatro (34) costas procesales y siete (07) conceptos de gastos administrativos;
Que, a través del Informe N.° 000059-2021-SUNAFIL/GG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable para la aprobación de la nueva “Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL”, propuesta por la Oficina General de Administración en función a la metodología de costos contenida en el Decreto Supremo N.° 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las Entidades Públicas, como metodología análoga;
Que, a través del Informe de vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para aprobar la nueva “Tabla de Aranceles de Costas y Gastos Procesales para los Procedimientos de Ejecución Coactiva de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL”, en función a la opinión técnica favorable emitida por la Oficina General de Administración y por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus funciones; por lo que, corresponde emitir la presente resolución;
Con el visado del Gerente General, del Jefe de la Oficina General de Administración, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N.° 29981, Ley de creación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N.° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N.° 009-2013-TR; el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N.° 018-2008-JUS y sus modificatorias, y el Decreto Supremo N.° 064-2010-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia N.° 147-2015-SUNAFIL.
Artículo 2.- Aprobar la TABLA DE ARANCELES DE COSTAS Y GASTOS PROCESALES PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL - SUNAFIL, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL (https://www.gob.pe/sunafil).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS REQUEJO ALEMAN
Superintendente
ANEXO
TABLA DE ARANCELES DE COSTAS Y GASTOS PROCESALES PARA LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN COACTIVA SEGUIDOS POR LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL- SUNAFIL
CÓDIGO | ACTOS PROCEDIMIENTALES | MONTO S/ (*) | % UIT EN EL AÑO 2021 (**) |
4400 | |||
1 | Emisión de Resolución de Ejecución Coactiva. | S/ 19.74 | 0.45% |
2 | Emisión de Resolución de Medida cautelar de retención bancaria. | S/ 16.83 | 0.38% |
3 | Emisión de Resolución de Medida cautelar de retención a terceros (empresas privadas y otros). | S/ 27.72 | 0.63% |
4 | Emisión de Resolución de Medida cautelar de retención a terceros (entidades públicas). | S/ 24.28 | 0.55% |
5 | Emisión de Resolución de Medida cautelar de embargo en forma de secuestro conservativo bienes muebles. | S/ 25.24 | 0.57% |
6 | Emisión de Resolución de Medida cautelar de embargo en forma de Depósito. | S/ 25.24 | 0.57% |
7 | Emisión de Resolución de Medida cautelar de inscripción de bienes muebles e inmuebles. | S/ 31.64 | 0.72% |
8 | Emisión de Resolución de Medida cautelar de embargo en forma de intervención en recaudación, en forma de intervención en información o en forma de intervención en administración de bienes. | S/ 47.03 | 1.07% |
9 | Embargo en forma de retención bancaria. | S/ 45.73 | 1.04% |
10 | Embargo en forma de retención a terceros (entidades públicas o empresas privadas). | S/ 39.21 | 0.89% |
11 | Embargo en forma de retención a terceros (operadores de tarjetas de crédito o débito). | S/ 31.44 | 0.71% |
12 | Embargo en forma de secuestro conservativo de bienes muebles. | S/ 409.28 | 9.30% |
13 | Embargo en forma de intervención en recaudación. | S/ 813.81 | 18.50% |
14 | Embargo en forma de intervención en información. | S/ 463.21 | 10.53% |
15 | Embargo en forma de intervención en administración de bienes. | S/ 463.21 | 10.53% |
16 | Embargo en forma de depósito sin extracción. | S/ 336.28 | 7.64% |
17 | Embargo en forma de depósito con extracción. | S/ 336.28 | 7.64% |
18 | Inicio de ejecución forzosa - Remate. | S/ 154.66 | 3.52% |
19 | Designación de peritos y tasación de bienes. | S/ 68.22 | 1.55% |
20 | Por ejecución del acto de remate. | S/ 297.16 | 6.75% |
21 | Emisión de Resolución de Levantamiento de Medida Cautelar. | S/ 41.49 | 0.94% |
22 | Por notificación dentro de las provincias de Lima y Callao. | S/ 9.78 | 0.22% |
23 | Por notificación fuera de las provincias de Lima y Callao. | S/ 17.04 | 0.39% |
24 | Por notificación vía correo electrónico o mesa de partes virtual. | S/ 6.82 | 0.16% |
25 | Por actos previos a la publicación de edictos. | S/ 12.79 | 0.29% |
26 | Por consulta a registros públicos de bienes muebles e inmuebles perteneciente al obligado. | S/ 5.12 | 0.12% |
27 | Por consulta a la base de datos del RENIEC. | S/ 2.27 | 0.05% |
28 |
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