Se aprueba la modificación de diecisiete (17) perfiles de puestos del Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, y sus modificatorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; y, goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;
Que, la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, cuya implementación se realiza progresivamente, de acuerdo a las reglas de gradualidad que establecen las normas reglamentarias;
Que, la Directiva N.° 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos - MPP”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 312-2017-SERVIR/PE establece que el Manual de Perfiles de Puestos se formula por primera vez en la tercera etapa del proceso de tránsito de las entidades al nuevo régimen del servicio civil regulado por la Ley N.° 30057, específicamente después de haber concluido la determinación de la Dotación de los servidores de la entidad;
Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N.° 028-2019/APCI-DE del 04 de marzo de 2019 se aprobó la Dotación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI;
Que, con Resolución Directoral Ejecutiva N.° 040-2019/APCI-DE del 27 de marzo de 2019 se aprobó el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;
Que, con Oficio N.° 0180-2022-APCI/DE de fecha 22 de septiembre de 2022, la Dirección Ejecutiva de la APCI remite a la Autoridad Nacional de Servicio Civil – SERVIR el Informe N.° 0452-2022-APCI/OGA-UAP de fecha 21 de septiembre del 2022 de la Unidad de Administración de Personal (UAP) de la APCI, con sus respectivos antecedentes, por el cual se remite una propuesta de modificación del Manual de Perfil de Puestos de la APCI, en el marco de lo dispuesto en la Ley N.° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 053-2022-PCM;
Que, mediante el Oficio N.° 000620-2022-SERVIR/PE de fecha 20 de octubre de 2022, la Presidencia Ejecutiva de SERVIR remite el Informe Técnico N.° 000172-2022-SERVIR/GDSRH del 15 de octubre de 2022 de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que contiene la opinión favorable de SERVIR al proyecto de modificación del Manual de Perfiles de Puestos de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, y recomienda continuar con las acciones necesarias para su aprobación y publicación, de acuerdo con la normatividad vigente;
Que, en atención a tal recomendación, mediante Memorándum N.° 0665-2022-APCI/OGA del 24 de octubre de 2022, la Oficina General de Administración en señal de conformidad, remite el Informe N.° 0511-2022-APCI/OGA-UAP del 23 de octubre de 2022 de la Unidad de Administración de Personal de la APCI solicita la aprobación de la modificación del Manual de Perfiles de Puestos de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI;
Que, con Informe N.° 0025-2022-APCI/OPP del 26 de octubre de 2022, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI recomienda la aprobación de la modificación del MPP de la APCI;
Que, el numeral iii. del literal a) del artículo 19 de la Directiva N.° 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos - MPP” dispone que el MPP podrá ser modificado cuando existan variaciones en las funciones y/o requisitos de los perfiles de puestos contenidos en el MPP, debiendo ser sustentado por el órgano o unidad orgánica y refrendado por la oficina de recursos humanos; además, el literal b) del citado artículo añade que la aprobación de las de las modificaciones, con excepción del numeral v. del literal a) precedente, se realiza conforme al artículo 16 de la citada Directiva. Excepcionalmente, no se requiere opinión favorable por parte de SERVIR cuando se trata de la modificación de funciones del perfil que no afectan los requisitos del puesto;
Que, el literal e) del artículo 16° de la citada Directiva N.° 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Perfiles de Puestos - MPP” dispone que el MPP debe ser aprobado por resolución del titular de la entidad o por la autoridad competente de acuerdo a su normatividad; correspondiendo la publicación de la resolución que aprueba el MPP o sus modificatorias en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la entidad en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles después de aprobación, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la citada Directiva;
Con los vistos de la Oficina General de Administración, la Unidad de Administración de Personal, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N.° 040-2014-PCM y la Directiva N.° 004-2017-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de diseño de puestos y formulación del Manual de Perfiles de Puestos – MPP” aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 312-2017-SERVIR/PE; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley N.° 27692, Ley de Creación de la APCI y sus modificatorias, el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 028-2007-RE y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar la modificación de diecisiete (17) perfiles de puestos del Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, aprobado mediante Resolución Directoral Ejecutiva N.° 040-2019/APCI-DE, los que como Anexo forman parte de la presente Resolución.
Artículo 2. Encargar a la Unidad de Administración de Personal de la APCI remitir la presente Resolución a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR.
Artículo 3. Disponer la remisión de la presente Resolución a los órganos y unidades orgánicas de la APCI, para su conocimiento.
Artículo 4. Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva y su Anexo en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI (https://www.gob.pe/apci).
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano.
