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Comentario Legal
16 de junio de 2021

Se aprueba la Directiva para la implementación de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano - Centros MAC

Civil
Se aprueba la Directiva para la implementación de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano - Centros MAC

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo N.° 044-2019-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado (TUO) del Decreto Legislativo N.° 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos; cuyo artículo 11 define a la Plataforma de Mejor Atención al Ciudadano – MAC como la única plataforma del Estado que, a través de accesos o canales de atención presenciales, no presenciales o mixto, brinda múltiples servicios de información, orientación, atención de trámites, reclamaciones u otros servicios del Estado, incluyendo los que resulten de la prestación de servicios por instituciones privadas, según corresponda, a fin de asegurar una atención de calidad a las personas naturales y jurídicas;

 

Que, en concordancia con lo anterior, el artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1211, aprobado por Decreto Supremo N.° 090-2019-PCM, estipula que el Centro de Mejor Atención al Ciudadano – MAC es un canal de atención presencial de la Plataforma MAC, en el que el Estado presta servicios de diversas entidades en un mismo espacio físico integrado, realizando actividades de orientación, tramitación de procedimientos y servicios de atención al ciudadano;

 

Que, de acuerdo al TUO del Decreto Legislativo N.° 1211 y su Reglamento, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros es responsable de normar, conducir, diseñar, administrar, implementar y operar a nivel nacional los canales de atención de la Plataforma MAC, así como de supervisar y evaluar su funcionamiento;

 

Que, asimismo, el artículo 27 del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1211 preceptúa que la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros establece el plan de expansión de implementación de la Plataforma MAC a través de sus diversos canales de atención a nivel nacional; y, emite disposiciones complementarias para el diseño e implementación de dicha plataforma;

 

Que, la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión Pública, está impulsando la expansión de los Centros MAC a fin de continuar acercando de manera progresiva y estandarizada los servicios de las entidades públicas a la ciudadanía a nivel nacional, para satisfacer sus necesidades y demandas de manera oportuna y con niveles de calidad adecuados. Dicha expansión comprende los procesos de implementación de los nuevos Centros MAC en el marco de proyectos de inversión pública;

 

Que, el artículo 21 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N.° 123-2018-PCM, prescribe que la función normativa de la Secretaría de Gestión Pública como ente rector de dicho sistema administrativo comprende la facultad de emitir resoluciones de Secretaría de Gestión Pública a través de las cuales se aprueban directivas;

 

Que, en este contexto, resulta necesario emitir una directiva que estandarice el proceso de implementación de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – MAC teniendo en cuenta la experiencia acumulada durante el proceso de expansión de dicho canal de atención, a fin de que sus disposiciones orienten a los actores involucrados para una mejor gestión, en aras de garantizar los estándares de servicio para una atención de calidad a la ciudadanía;

 

De conformidad con lo establecido en la Ley N.° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 1211, Decreto Legislativo que aprueba medidas para el fortalecimiento e implementación de servicios integrados y servicios y espacios compartidos, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 044-2019-PCM, el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1211, aprobado por Decreto Supremo N.° 090-2019-PCM, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 022-2017-PCM;

 

SE RESUELVE:

 

Artículo 1.- Aprobación

 

Apruébese la Directiva N.° 001-2021-PCM-SGP, Directiva para la implementación de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano – Centros MAC, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

 

Artículo 2.- Supervisión

 

La Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Subsecretaría de Calidad de Atención al Ciudadano, es la encargada de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva aprobada en el artículo precedente.

 

Artículo 3.- Publicación

 

La presente Resolución es publicada en el Diario Oficial El Peruano y su Anexo en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), el mismo día de su publicación.

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Pamela Zavala Bustinza
Abg. Pamela Zavala Bustinza

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2021-PCM/SGP

Aprueban la Directiva N° 001-2021-PCM-SGP, Directiva para la implementación de los Centros de Mejor Atención al Ciudadano - Centros MAC