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Se aprueba la Directiva para acceder a imágenes satelitales frente a niveles de emergencia 4 y 5, peligro inminente o desastres

Se aprueba la Directiva para acceder a imágenes satelitales frente a niveles de emergencia 4 y 5, peligro inminente o desastres
Luz Milena Aranibar Figueroa
Por Luz Milena Aranibar Figueroa
Editor civil
17 de noviembre de 2021

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N.° 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo, con la finalidad de identificar y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastres, mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, según lo dispuesto en el artículo 9 y el literal g) del artículo 10 de la citada Ley, la Presidencia del Consejo de Ministros es el ente rector del SINAGERD; y, en dicha condición, tiene la atribución de aprobar directivas y lineamientos en los ámbitos relacionados con la Gestión del Riesgo de Desastres;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal c) del artículo 13 de la Ley N.° 29664, el Instituto Nacional de Defensa Civil–INDECI es un organismo público ejecutor, conformante del SINAGERD, que tiene entre sus funciones la de realizar y coordinar las acciones necesarias a fin de procurar una óptima respuesta de la sociedad en caso de desastres, garantizando una adecuada y oportuna atención de personas afectadas, así como la rehabilitación de los servicios básicos indispensables. Asimismo, mediante el Decreto Supremo N° 002-2016-DE se adscribe el INDECI al Ministerio de Defensa;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de la Ley N.° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N.° 048-2011-PCM, establece como función adicional del INDECI, asesorar y proponer al ente rector la normativa que asegure procesos técnicos y administrativos que faciliten la preparación, la respuesta y la rehabilitación;

Que, asimismo, el artículo 29 del referido Reglamento establece que la preparación está constituida por el conjunto de acciones de planeamiento, de desarrollo de capacidades, organización de la sociedad, operación eficiente de las instituciones regionales y locales encargadas de la atención y socorro, establecimiento y operación de la red nacional de alerta temprana y de gestión de recursos, entre otros, para anticiparse y responder en forma eficiente y eficaz, en caso de desastre o situación de peligro inminente, a fin de procurar una óptima respuesta en todos los niveles de gobierno y de la sociedad;

Que, a través de los oficios N.° 2524-2021-INDECI/12.0, N.° 5792-2020-INDECI/12.0 y N° 5061-2020-INDECI/1.0, sustentados en los Informes Técnicos N° 040-2020-INDECI/12.1 y N° 042-2021-INDECI/12.1, y con la conformidad emitida con el Oficio N° 4527-2021-INDECI/1.0, el INDECI propone la aprobación de la Directiva para el acceso y uso de imágenes satelitales y aéreas para acciones de respuesta y rehabilitación por desastre o peligro inminente;

Que, mediante Memorando N.° D000860-2021-PCM-DVGT, el Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial remite el Informe N.° D000093-2021-PCM-UF-OTGRD-BAS, en el cual se emite opinión favorable a la citada propuesta, en el marco de sus competencias previstas en el artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N.° 156-2021-PCM;

Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario aprobar la “Directiva para el acceso y uso de imágenes satelitales y aéreas para acciones de respuesta y rehabilitación por desastre o peligro inminente”, la misma que tiene como objetivo definir las acciones y responsabilidades para la evaluación, obtención, descarga procesamiento, distribución y almacenamiento de imágenes satelitales y aéreas para la toma de decisiones en los niveles de emergencia 4 y 5, ante peligro inminente o desastres;

Con el visado del Viceministerio de Gobernanza Territorial, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); el Reglamento de la Ley N.° 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo N.° 048-2011-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N.° 156-2021-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar la “Directiva para el acceso y uso de imágenes satelitales y aéreas para acciones de respuesta y rehabilitación por desastre o peligro inminente”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo, en las sedes digitales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y del Instituto Nacional de Defensa Civil (www.gob.pe/indeci), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Resolución Ministerial Nº 277-2021-PCM

Aprueban la “Directiva para el acceso y uso de imágenes satelitales y aéreas para acciones de respuesta y rehabilitación por desastre o peligro inminente”
Civil

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