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Comentario Legal
05 de mayo de 2021

Se aprueba el Reglamento de organización y funciones y la estructura orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

Civil
Se aprueba el Reglamento de organización y funciones y la estructura orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

CONSIDERANDO:

 

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC, es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; encargada de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como, registrar los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

 

Que a través de la Resolución Jefatural N.° 000073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016), se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

 

Que la Ley 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y sus modificatorias, establece que el proceso de modernización de la gestión del estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; con el objetivo de alcanzar un Estado, entre otros, al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión;

 

Que los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados mediante Decreto Supremo N.° 054-2018-PCM y sus modificatorias, regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y establece que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;

 

Que se ha visto por conveniente adecuar el vigente Reglamento de Organización y Funciones de conformidad con lo establecido en el referido Decreto Supremo N.° 054-2018-PCM y sus modificatorias, siendo necesario rediseñar la estructura orgánica de la entidad, a fin de contar con los órganos y unidades orgánicas que coadyuven al cumplimiento de los objetivos institucionales, y cumplan con la normativa emitida por la Presidencia del Consejo de Ministros;

 

Que en esa línea, a través de los documentos del visto la Gerencia de Planificación y Presupuesto, en cumplimiento de sus respectivas funciones, ha elaborado una propuesta de nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones con las funciones generales y específicas de las unidades de organización de la entidad, orientada al cabal cumplimiento de las funciones constitucionales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, bajo las premisas que establecen la Ley N.° 27658, Ley Marco de Modernización del Estado, y la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por el Decreto Supremo N.° 004-2013-PCM, acorde con las disposiciones generales y criterios para la elaboración de los reglamentos de organización y funciones, que establecen los Lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N.° 054-2018-PCM y sus modificatorias;

 

Que sobre el particular, el literal a) del inciso 45.3 del artículo 45 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N.° 054-2018-PCM y sus modificatorias, establece que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de los organismos constitucionalmente autónomos son aprobados íntegramente por resolución del titular;

 

Que por otro lado, conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Ley N.° 29091 y en los artículos 3 y 5 del Reglamento de la Ley N.° 29091, aprobado con Decreto Supremo N.° 004-2008-PCM, el funcionario responsable, a que se refiere el artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N.° 043-2003-PCM, debe cumplir con la publicación de diversos documentos de gestión, entre ellos, el Reglamento de Organización y Funciones, al día siguiente de su aprobación;

 

Que en esa línea, con los documentos de vistos la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que, de la revisión del Proyecto del Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, se evidencia que ambos se encuentran acorde con las disposiciones generales y criterios para la elaboración de los Reglamentos de Organización y Funciones, que establecen los Lineamientos aprobados por el Decreto Supremo N.° 054-2018-PCM y sus modificatorias; ante ello opina por la procedencia de su emisión;

 

Que a fin de cumplir con las nuevas disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones, se hace necesario otorgar un plazo de 60 días calendarios para que los órganos y unidades orgánicas implementen la organización y funciones para su cabal cumplimiento; y,

 

Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y las atribuciones conferidas por la Ley N.° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N.° 000073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N.° 014-2012-JUS;

 

SE RESUELVE:

 

Artículo Primero. - Dejar sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N.° 000073-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y sus modificatorias.

 

Artículo Segundo. - Aprobar el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que consta de dos (02) secciones, cuatro (04) títulos y ciento veinticuatro (124) artículos, desarrollados en 90 páginas, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.

 

Artículo Tercero. - Disponer un plazo de 60 días calendarios para que los órganos y unidades orgánicas implementen su organización y funciones para el cabal cumplimiento del Reglamento de Organización y Funciones aprobado.

 

Artículo Cuarto. - Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto la modificación de los Documentos de Gestión y Normativos que correspondan

 

Artículo Quinto. - Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano, en el portal institucional www.reniec.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe.

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Pamela Zavala Bustinza
Abg. Pamela Zavala Bustinza