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Comentario Legal
18 de agosto de 2022

Se aprueba el Plan Nacional de Control 2022 Modificado

Civil
Se aprueba el Plan Nacional de Control 2022 Modificado

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes; asimismo, el control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley N.° 27785, las acciones de control se realizan con sujeción al Plan Nacional de Control y a los planes aprobados para cada órgano del Sistema Nacional de Control, siendo atribución de la Contraloría General de la República la aprobación de los mismos, tal como lo dispone el literal h) del artículo 22 de la referida Ley;

Que, según el numeral 4.4 de las Normas Generales de Control Gubernamental, aprobadas mediante Resolución de Contraloría N.º 295-2021-CG, el Plan Nacional de Control es aprobado por la Contraloría General de la República, e incluye los servicios de control a ser ejecutados en un período anual por los órganos que conforman el Sistema Nacional de Control;

Que, a través de la Resolución de Contraloría N.° 018-2022-CG, de fecha 31 de enero de 2022, se aprobó el Plan Nacional de Control 2022, conformado por los servicios de control y servicios relacionados a ser realizados durante el año 2022 por los órganos del Sistema Nacional de Control;

Que, según los artículos 1 y 3 de la Ley N.º 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, esta Entidad Fiscalizadora Superior efectúa el control concurrente a la ejecución de inversiones, así como, a la ejecución de iniciativas de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, cuyo valor total o monto convocado, según sea el caso, supere los diez millones de soles; en tanto que, de acuerdo a su Segunda Disposición Complementaria Final, la Contraloría General de la República emite las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la aplicación de la citada Ley;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal l) del artículo 47 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución de Contraloría N.° 179-2021-CG y modificatorias, la Subgerencia de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Control es responsable de elaborar el Plan de Acción de Control de la Ley N.º 31358, así como de proponer su actualización o modificación;

Que, en dicho contexto, a través de la Resolución de Contraloría N.° 185-2022-CG, se aprobó el “Plan de Acción de Control de la Ley N.º 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Período: 2022”, en el que, entre otros, se establecen las metas para la realización de los servicios de control gubernamental por parte de la Contraloría General de la República, a las inversiones y a la ejecución de iniciativas de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, cuyo valor total o monto convocado, supere los diez millones de soles;

Que, la Subgerencia de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Control, mediante Hoja Informativa N.° 000058-2022-CG/SESNC, con la conformidad de la Gerencia de Modernización y Planeamiento, señalada a través del Memorando N.° 000459-2022-CG/GMPL, sustenta la propuesta del Plan Nacional de Control 2022 Modificado, con el propósito de optimizar la labor de control gubernamental, planteando para esto, entre otras acciones, la incorporación de las metas del “Plan de Acción de Control de la Ley N.º 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Período: 2022”, a fin de efectuar un seguimiento integral al desarrollo de los servicios de control; proponiendo, además que se deje sin efecto el “Plan de Acción de Control” que fuera aprobado por Resolución de Contraloría N.° 185-2022-CG;

Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante la Hoja Informativa N.° 000225-2022-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N.° 000387-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo que aprueba el Plan Nacional de Control 2022 Modificado, atendiendo a la propuesta formulada por la Subgerencia de Seguimiento y Evaluación del Sistema Nacional de Control y la conformidad de la Gerencia de Modernización y Planeamiento;

En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N.° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Plan Nacional de Control 2022 Modificado”, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución, el cual se encuentra conformado por los servicios de control y servicios relacionados a ser efectuados durante el año 2022 por los órganos del Sistema Nacional de Control.

Artículo 2.- Dejar sin efecto el “Plan Nacional de Control 2022”, aprobado por Resolución de Contraloría N.° 018-2022-CG.

Artículo 3.- Dejar sin efecto el “Plan de Acción de Control de la Ley N.º 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente. Período: 2022”, aprobado por Resolución de Contraloría N.° 185-2022-CG.

Artículo 4.- Disponer que la Gerencia de Modernización y Planeamiento efectúe las acciones que resulten necesarias para la incorporación de las disposiciones del Plan Nacional de Control 2022 Modificado, aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución, en la programación del Plan Operativo Institucional de la Contraloría General de la República y de los Planes Anuales de Control de los Órganos de Control Institucional para el año 2022.

Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y a su vez esta con su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloría), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Pamela Kaori Angeles Alacha
Br. Pamela Kaori Angeles Alacha

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Resolución de Contraloría Nº 276-2022-CG

Aprueban el Plan Nacional de Control 2022 Modificado