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Comentario Legal
29 de marzo de 2022

Se aprueba el Plan de recuperación de las industrias culturales y artes al 2030

Civil
Se aprueba el Plan de recuperación de las industrias culturales y artes al 2030

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N.° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; estableciendo en el literal i) de su artículo 5 que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos los campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales, y el desarrollo de las industrias culturales;

Que, de acuerdo al artículo 7 de la Ley N.° 29565, el Ministerio de Cultura cumple con las funciones exclusivas, entre otras, de formular, proponer, ejecutar y establecer los planes, estrategias y acciones en materia de promoción cultural, y de establecer las instancias de carácter permanente y los mecanismos apropiados que aseguren el derecho de todo ciudadano a vigilar y participar en la gestión del Ministerio de Cultura, en especial el acceso a la información pública;

Que, mediante el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias, establece que corresponde a los Ministros de Estado, entre otros, aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;

Que, a través del Decreto Supremo N.° 009-2020-MC, se aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030, como un documento que sustenta la acción pública en materia de derechos culturales y, que permite integrar, alinear y dar coherencia a las estrategias e intervenciones con el propósito de servir mejor a la ciudadanía; y tiene como objetivo promover un mayor ejercicio de los derechos culturales, garantizando el acceso, participación y contribución de los/las ciudadanos/as en la vida cultural;

Que, el Lineamiento 6.4 del Objetivo Prioritario 6 de la Política Nacional de Cultura al 2030, establece que el Ministerio de Cultura debe “Implementar mecanismos de articulación sectorial, intersectorial e intergubernamental, para el desarrollo de políticas culturales en todo el territorio nacional”;

Que, mediante la Resolución Ministerial N.° 000190-2021-DM/MC, se aprueba los “Lineamientos para la implementación del Plan de Recuperación de las Industrias Culturales y Artes, en el marco de la Política Nacional de Cultura al 2030”;

Que, el numeral 3.2 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N.° 005-2013-MC, señala que el Ministerio de Cultura en el marco de sus funciones formula, aprueba cuando corresponda, dirige, coordina, evalúa y supervisa la implementación de planes, estrategias, programas y proyectos de alcance nacional en el marco de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Que, asimismo, según el numeral 78.1 del artículo 78 del ROF del Ministerio de Cultura, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene la función de formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

Que, mediante el Informe N.° 000064-2022-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes remite la propuesta de “Plan de Recuperación de las industrias culturales y artes al 2030”, que contiene como objetivo general “Reactivar y desarrollar las industrias culturales y artes tras el impacto del COVID-19, contribuyendo a resolver el problema público del “Limitado ejercicio de los derechos culturales de la población” que señala la Política Nacional de Cultura al 2030”;

Que, mediante el Memorando N.° 000213-2022-OGPP/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000019-2022-OPL/MC de la Oficina de Planeamiento, con el cual se emite opinión técnica favorable sobre el mencionado Plan;

Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe el “Plan de Recuperación de las industrias culturales y artes al 2030”;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.º 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y sus modificatorias; la Ley N.° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; y el Decreto Supremo N.° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo N.° 009-2020-MC, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Cultura al 2030;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del “Plan de recuperación de las industrias culturales y artes al 2030”

Apruébese el “Plan de recuperación de las industrias culturales y artes al 2030”; que en calidad de anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Publicación

Dispónese la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario oficial “El Peruano”.

Pamela Kaori Angeles Alacha
Br. Pamela Kaori Angeles Alacha

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Resolución Ministerial Nº 000086-2022-DM/MC

Aprueban el “Plan de recuperación de las industrias culturales y artes al 2030”