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Comentario Legal

Se aprueba el Plan de Gobierno Digital de la Sunarp 2021-2023

Se aprueba el Plan de Gobierno Digital de la Sunarp 2021-2023
22 de febrero de 2021

CONSIDERANDO:


Que, mediante el Decreto Legislativo N.° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, se establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;


Que, en dicho contexto, a través del Decreto Supremo N.° 118-2018-PCM, se declara de interés nacional las estrategias, acciones, actividades e iniciativas para el desarrollo del gobierno digital, la innovación y la economía digital en el Perú con enfoque territorial;


Que, siendo así, mediante la Resolución Ministerial N.° 119-2018-PCM, modificada por Resolución Ministerial N.° 087-2019-PCM, se dispone la creación de un Comité de Gobierno Digital en cada entidad de la Administración Pública. Cabe señalar que el artículo 2 de la referida Resolución Ministerial señala en el literal a) que una de las funciones del Comité de Gobierno Digital es “formular el Plan de Gobierno Digital en coordinación con los órganos, unidades orgánicas, programas y/o proyectos de la Entidad”;


Que, por su parte, a través de la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N.° 005-2018-PCM-SEGDI se aprueba el documento denominado “Lineamientos para la formulación del Plan de Gobierno Digital”, precisando en sus artículos 2 y 3, que es de alcance obligatorio para todas las entidades de la Administración Pública y que el Plan de Gobierno Digital es el único instrumento para la gestión y planificación del Gobierno Digital de la Administración Pública, y es aprobado por el titular de la entidad para un periodo mínimo de tres (03) años, debiendo ser actualizado y evaluado anualmente;


Que, en dicho sentido, en el numeral 6.2.3 de los citados Lineamientos se señala que, “el Comité revisa y da conformidad al documento Plan de Gobierno Digital – PGD, asimismo, lo remite y sustenta ante el Titular para su aprobación mediante resolución o documento de más alta jerarquía”;


Que, el literal d) del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 012-2013-JUS, establece que una de las funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos es dirigir, planificar, organizar, normar, evaluar y supervisar el proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros que integran el Sistema Nacional de los Registros Públicos;


Que, conforme a las normas sobre Gobierno Digital y a la función referida en el considerando precedente, a través de la Resolución N.° 222-2018-SUNARP/SN del 03 de setiembre de 2018, y sus modificatorias, se conformó el Comité de Gobierno Digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp; siendo que con la Resolución N.° 125-2020-SUNARP/SN del 28 de agosto de 2020, que dispuso, entre otros aspectos, la modificación del artículo 1 de la Resolución N.° 222-2018-SUNARP/SN, respecto a la conformación del Comité de Gobierno Digital en la Sunarp, con la finalidad de incorporar al Gerente General;


Que, a través del Informe N.° 015-2021-SUNARP/OGTI, el Jefe (e) de la Oficina General de Tecnologías de la Información, en su calidad de Secretario Técnico del Comité de Gobierno Digital, remitió a la Gerencia General, las Actas de Reunión N.° 001 y N.° 002-2021-SUNARP/CGD del Comité de Gobierno Digital del 02 y 10 de febrero del 2021, respectivamente, mediante las cuales los miembros del citado órgano colegiado aprueban el Plan de Gobierno Digital 2021 – 2023 de la Sunarp;


Que, asimismo, el citado Informe precisa que el mencionado Plan de Gobierno Digital cumple con los Lineamientos establecidos por la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, al incorporar las siguientes secciones: enfoque estratégico de la entidad, situación actual del gobierno digital en la entidad, objetivos de gobierno digital y el portafolio de proyectos de gobierno digital;


Que, mediante el Informe N.° 111-2021-SUNARP/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta viable legalmente la emisión del acto resolutivo aprobando el Plan de Gobierno Digital 2021 – 2023 de la Sunarp, a fin de contar con un instrumento que permita alcanzar la transformación digital de la entidad, a través de la implementación de un portafolio de proyectos destinados a mejorar los procesos y digitalizar los servicios registrales, mejorar los servicios e infraestructura tecnológica y mejorar la cultura digital del personal de la Sunarp, en beneficio de los usuarios, administrados y ciudadanía en general;


Que, cabe resaltar que la elaboración del Plan de Gobierno Digital 2021 – 2023 de la Sunarp estuvo bajo el liderazgo y la participación activa del Superintendente Nacional de los Registros Públicos, abogado Harold Manuel Tirado Chapoñán, quien con una visión integral en materia de gestión pública y con la finalidad de modernizar el servicio registral en beneficio de los administrados, impulsó la realización de diversas reuniones de trabajo en las cuales se formularon y planificaron una serie de proyectos tecnológicos que formarían parte del portafolio de proyectos que conformarían el Plan de Gobierno Digital de la Sunarp;


Que, con fecha 04 de febrero de 2021 se publicó en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución Suprema N.° 019-2021-JUS, a través de la cual se designó al señor Jorge Antonio Martín Ortiz Pasco, en el cargo de Superintendente Adjunto de los Registros Públicos;


Que, en dicho contexto, el órgano de asesoramiento concluye que en el presente caso se ha configurado el supuesto de impedimento temporal previsto en artículo 15 de la Ley N.° 26366, Ley de creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo señalado por el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado a través del Decreto Supremo N.° 012-2013-JUS; razón por la cual, corresponde que el acto resolutivo a través del cual se apruebe el Plan de Gobierno Digital 2021 – 2023 sea materializado a través de una Resolución de Superintendente Adjunto;


De conformidad con lo previsto en el artículo 15 de la Ley N.° 26366, Ley de Creación del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en concordancia con lo señalado por el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado a través del Decreto Supremo N.° 012-2013-JUS; contando con el visado de la Gerencia General, la Oficina General de Tecnologías de la Información y la Oficina General de Asesoría Jurídica;


SE RESUELVE:


Artículo 1.- Aprobación del Plan de Gobierno Digital.


Aprobar el Plan de Gobierno Digital de la Sunarp 2021-2023, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.


Artículo 2.- Actualización y evaluación del Plan de Gobierno Digital.


Disponer que el Plan de Gobierno Digital aprobado con el Artículo 1 de la presente Resolución sea actualizado y evaluado anualmente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3 de la Resolución de Secretaría de Gobierno Digital N.° 005-2018-PCM/SEGDI.


Artículo 3.- Notificación de la presente resolución.


Disponer la notificación de la presente Resolución a la Secretaría de Gobierno Digital (SEGDI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes.


Artículo 4.- Publicación.


Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional (www.gob.pe/sunarp) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

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