Volver a Comentarios Legales
Comentario Legal
09 de agosto de 2022

Se aprueba el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

Civil
Se aprueba el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley N.° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; y su objetivo es alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía, con canales efectivos de participación ciudadana, descentralizado y desconcentrado, transparente en su gestión, con servidores públicos calificados y adecuadamente remunerados, y fiscalmente equilibrado;

Que, mediante la Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS), se define la naturaleza jurídica y se regula el ámbito de competencia, las funciones, y su estructura orgánica básica, entre otros;

Que, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS (en adelante, ROF), aprobado por el Decreto Supremo N.° 010-2014-VIVIENDA, señala su estructura orgánica;

Que, el artículo 6 de la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que las oficinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (en adelante, SERVIR) y por la entidad;

Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N.° 006-2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional” (en adelante, la Directiva), cuyo literal c) del numeral 5.1, define el Manual de Clasificador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen, de manera ordenada, todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;

Que, la Ley N.° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción (en adelante, la Ley), señala los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; asimismo, establece en su Segunda Disposición Complementaria Final que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la Ley, debiendo culminar la implementación integral de estas disposiciones en un plazo no mayor de ciento ochenta días calendario contado a partir de la publicación de su reglamento;

Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N.° 31419, aprobado por el Decreto Supremo N.° 053-2022-PCM, dispone que para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley, cuando corresponda, las entidades actualizan o modifican sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por la SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modificación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional o el Cuadro de Puestos de la Entidad y el Manual de Clasificador de Cargos o el Manual de Perfiles de Puestos, según corresponda;

Que, de acuerdo al numeral 6.1.7 de la Directiva, la Oficina de Recursos Humanos o la que haga las veces, eleva la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; de obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el Manual de Clasificador de Cargos;

Que, en el marco de las normas descritas, mediante Memorándum N.° 825-2022-VIVIENDA-OGGRH, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos remite el Informe N.° 295-2022-VIVIENDA/OGGRH-OATH con el cual su Oficina de Administración del Talento Humano sustenta y remite el proyecto de Manual de Clasificador de Cargos del MVCS;

Que, con Memorándum N.° 895-2022-VIVIENDA/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N.° 174-2022-VIVIENDA/OGPP-OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual emite opinión favorable y concluye que el proyecto de Manual de Clasificador de Cargos del MVCS, se encuentra alineado a los órganos y unidades orgánicas del vigente ROF del MVCS;

Que, a través del Informe N.° 482-2022-VIVIENDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que, en atención a lo sustentado por la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y lo señalado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta legalmente viable que se expida la Resolución de Secretaría General que apruebe el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, conforme al literal h) del numeral 5.1 de la Directiva y el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo N.° 040-2014-PCM, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; por lo que conforme a lo dispuesto en el artículo 18 del ROF del MVCS, el(la) Secretario(a) General es la más alta autoridad administrativa del MVCS;

Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Manual de Clasificador de Cargos del MVCS;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley N.° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; la Ley N.° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N.° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N.° 006-2015-VIVIENDA; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 000150-2021-SERVIR-PE, que formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva N.° 006-2021-SERVIR-GDSRH, Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación del Personal Provisional;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría General y el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento en la sede digital (www.gob.pe/vivienda) y en el Portal de Transparencia, el mismo día de la publicación de la citada Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

z

PRISCILLA MERCEDES DEL VILLAR CANCHARI
Br. PRISCILLA MERCEDES DEL VILLAR CANCHARI

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Resolución de Secretaría General Nº 053-2022-VIVIENDA-SG

Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento