Se actualiza los Criterios de Priorización del Sector Economía y Finanzas

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N.° 242-2018-EF, el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones se crea como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;
Que, el numeral 5.1 del artículo 5 del citado Texto Único Ordenado dispone que son órganos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, así como los Órganos Resolutivos, las Oficinas de Programación Multianual de Inversiones, las Unidades Formuladoras y las Unidades Ejecutoras de Inversiones del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local;
Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N.° 284-2018-EF, establece que el Órgano Resolutivo es el Ministro, el titular o la máxima autoridad ejecutiva del Sector;
Que, la Décima Disposición Complementaria Final del citado Texto Único Ordenado, establece que cada Sector del Gobierno Nacional anualmente aprueba y publica en su portal institucional los criterios de priorización para la asignación de recursos a las inversiones que se enmarquen en su responsabilidad funcional, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales. Dichos criterios son de aplicación obligatoria a las solicitudes de financiamiento que se presenten en el marco de la normatividad vigente y deben sujetarse a la finalidad del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y a los instrumentos de planeamiento estratégico aprobados en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el numeral 9.2 del artículo 9 del citado Reglamento establece que el Órgano Resolutivo del Sector aprueba los indicadores de brechas y los criterios para la priorización de las inversiones que se enmarquen en el ámbito de su responsabilidad funcional, a ser aplicados en la fase de Programación Multianual de Inversiones por los tres niveles de gobierno, de acuerdo a las medidas sectoriales definidas por los rectores de las políticas nacionales sectoriales. Estos indicadores y criterios pueden ser revisados anualmente y siempre que se presenten modificaciones, se aprueban y se publican en el portal institucional de la entidad;
Que, el numeral 13.1 del artículo 13 de la Directiva N.° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral N.° 001-2019-EF/63.01, establece que los criterios de priorización tienen por objetivo establecer la prioridad de cada inversión que conforma la cartera de inversiones del Programa Multianual de Inversiones (PMI), los cuales se elaboran sobre la base del diagnóstico de brechas y los objetivos a alcanzar respecto al cierre de brechas;
Que, mediante la Resolución Ministerial N.° 422-2018-EF/41 se aprueban los Criterios de Priorización del Sector Economía y Finanzas;
Que, mediante Memorando N.° 0139-2022-EF/63.03, la Dirección General de Programación Multianual de Inversión Pública, comunica y remite a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la actualización del Instructivo para la elaboración de los Criterios de Priorización Sectoriales, que establece los lineamientos para la elaboración de los citados criterios correspondiente a la fase de Programación Multianual de Inversiones del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;
Que, de acuerdo con el artículo 48 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N.° 213-2020-EF/41, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto tiene, entre otras, la función de ejecutar las acciones que corresponden como Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector, de acuerdo con las normas y lineamientos técnicos sobre la materia;
Que, mediante Memorando N.° 0723–2022-EF/41.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remite a la Dirección General de Programación Multianual de Inversión Pública los Criterios de Priorización del Sector Economía y Finanzas, los mismos que cuentan con la validación metodológica de la citada Dirección General mediante Informe N.° 0205-2022-EF/63.03, remitido a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto con Memorando N.° 0159 - 2022-EF/63.03;
Que, a través del Informe N.° 0233-2022-EF/41.03, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas sustenta la necesidad de actualizar los Criterios de Priorización del Sector Economía y Finanzas, que cuentan con la opinión de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones, de acuerdo al Informe precitado;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N.° 242-2018-EF; el Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N.° 284-2018-EF; la Directiva N.° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por la Resolución Directoral N.° 001-2019-EF/63.01; y, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N.° 213-2020-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo 1. Actualización de los Criterios de Priorización del Sector Economía y Finanzas
Actualizar los Criterios de Priorización del Sector Economía y Finanzas que forma parte de la presente Resolución, para su aplicación en la fase de Programación Multianual de Inversiones, y para las solicitudes de financiamiento que se presenten en el marco de la normatividad vigente.
Artículo 2. Notificación
Disponer la notificación de la Resolución Ministerial a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones de este Ministerio y a la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Economía y Finanzas para los fines correspondientes.
Artículo 3. Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) en la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
