RENIEC amplía la meta de trámites gratuitos para la obtención de DNI dirigido a 150 mil personas hasta el 31 de diciembre del 2021

CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil-RENIEC es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del RENIEC mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad;
Que el derecho a la identidad, consagrado por la Constitución Política del Perú como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identificación que los individualice de los demás;
Que por diversos factores de orden estructural, económico, normativo, sociocultural o geográfico, no todos los nacionales acceden a dichos documentos, situación que acentúa su exclusión social y vulnerabilidad, generando a la ciudadanía severos inconvenientes para el pleno ejercicio de sus derechos y para la realización de actos jurídicos, comerciales, administrativos; incluso para acreditar su identidad ante diversas dependencias del Estado y del sector privado;
Que asimismo, en el marco de su política social orientada a atender las necesidades de documentación de la población, el RENIEC desde el año 2003, viene emitiendo resoluciones jefaturales que establecen la gratuidad para la obtención del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y pobreza extrema, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros;
Que mediante Decreto de Urgencia N.° 046-2021, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de mayo de 2021, se dispusieron medidas extraordinarias en materia económica y financiera que permitan, en el presente año fiscal, ampliar la cobertura universal en salud, de manera inmediata, con el objetivo de asegurar la protección a la totalidad de la población de las comunidades nativas amazónicas y alto andinas;
Que el numeral 3.4 del artículo 3° del Decreto de Urgencia citado precedentemente, establece que en un plazo máximo de quince (15) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia, el Seguro Integral de Salud-SIS y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, suscribirán un convenio específico en el marco del Aseguramiento Universal en Salud y del Programa Presupuestal 079: Acceso de la Población a la Identidad a cargo del RENIEC, con el objetivo de formular un plan de acceso a la identidad y afiliación al Seguro Integral de Salud a la totalidad de la población de las comunidades nativas amazónicas y altoandinas que, a la fecha de entrada en vigencia del referido Decreto de Urgencia, se encuentren sin identificación, el mismo que incluirá la transferencia de información del RENIEC al SIS de personas que acceden a la identificación, en el marco del presente artículo, para su afiliación automática al SIS;
Que asimismo, el numeral 3.7 del citado artículo 3°, autoriza al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a financiar la emisión gratuita del Documento Nacional de Identidad – DNI, a favor de la población vulnerable descrita, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;
Que mediante Resolución Jefatural N.°127-2021/JNAC/RENIEC (18JUN2021) se autorizó la gratuidad hasta la meta de ciento veinte mil procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales- RUIPN para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación hasta el 31 de diciembre del 2021, en las siguientes modalidades: a) Inscripción por primera vez, para población vulnerable indocumentada menores y mayores de edad que habiten en todos los distritos del Perú, así como para personas en condición de indocumentados en situación de vulnerabilidad que acudan a los Centros de Vacunación en el marco del Plan de Vacunación y población indocumentada de comunidades nativas amazónicas y alto andinas atendidas en el marco del plan de acceso a la identidad y afiliación al Seguro Integral de Salud que viene implementando el gobierno; y b) Renovación, duplicados y rectificación de datos dirigidos a personas mayores y menores que habiten en los 778 distritos seleccionados, de mayor pobreza monetaria según fuente del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) – Mapa de Pobreza Monetaria Provincial y Distrital 2018, señalados en el Anexo 01 de la citada Resolución Jefatural;
Que mediante Decreto de Urgencia N.° 078-2021 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de julio de 2021, se modifica el decreto de urgencia 046-2021 y se extiende la cobertura universal de salud, en el marco de la emergencia nacional por la COVID-19, a todas las personas residentes en el territorio nacional;
Que mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social señala que con el propósito de cumplir con los compromisos asumidos por la institución, en el marco de los planes de aseguramiento universal de salud y de vacunación implementados por el gobierno, se tiene coordinadas y programadas campañas o jornadas itinerantes de documentación en los meses de noviembre y diciembre del presente año, situación que hace necesario un aumento de la meta prevista en la Resolución Jefatural N.°127-2021/JNAC/RENIEC, proyectándose realizar 30,000 trámites de DNI adicionales, para lo cual se deberá adoptar acciones que nos permita satisfacer las necesidades de documentación de población en situación de vulnerabilidad, más aun teniendo en cuenta el contexto de emergencia sanitaria por el COVID 19;
Que en ese sentido, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social señala que en aras de continuar con la política social desplegada por RENIEC, que garantiza el acceso al documento nacional de identidad - DNI a la población en situación de pobreza y pobreza extrema, solicita la ampliación de la meta fijada en la Resolución Jefatural N.° 127-2021/JNAC/RENIEC, ampliándola de 120 000 a 150 000 trámites de DN bajo las modalidades establecidas en la citada Resolución JefaturaI;
Que al respecto es pertinente indicar que el artículo 98° del Decreto Supremo N.° 015-98-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que así lo considere;
Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que los trámites de gratuidades adicionales que realice la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, conforme se expresa en la Resolución Jefatural N.° 000127-2021/JNAC/RENIEC, deberán incluir la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad que se gestionen en las campañas o jornadas de documentación hasta el 31 de diciembre del 2021, toda vez que su financiamiento es con cargo al Decreto Supremo N.° 055-2021-EF;
Que la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social;
Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente;
Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y,
Estando a la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N.° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N.° 015-98-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N.° 086-2021-JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modificatoria; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modificado en parte por el Decreto Supremo N.° 014-2012-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero. Disponer la ampliación de la meta fijada en la la meta de ciento veinte mil procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales- RUIPN (18JUN2021), hasta ciento cincuenta mil procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales- RUIPN para la tramitación y consecuente expedición del Documento Nacional de Identidad, que se gestionen en campañas o jornadas de documentación hasta el 31 de diciembre del 2021; quedando subsistentes las demás disposiciones que contiene la Resolución Jefatural N.° 127-2021/JNAC/RENIEC (18JUN2021).
Artículo Segundo. Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán financiados con cargo a los recursos presupuestales transferidos al Pliego 033: RENIEC a través del Decreto Supremo N.° 055-2021-EF.
Artículo Tercero. Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en los artículos precedentes de la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, de Registros de Identificación, de Tecnología de la Información, de Administración y de Planificación y Presupuesto.
Artículo Cuarto. Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
