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Comentario Legal

Registro Electoral dispone fecha del 2 de octubre de 2021 para el cierre del Registro Electoral de Extranjeros Residentes

Registro Electoral dispone fecha del 2 de octubre de 2021 para el cierre del Registro Electoral de Extranjeros Residentes
Indira Katherine Vega Ramirez
Por Indira Katherine Vega Ramirez
24 de septiembre de 2021

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil;

Que conforme a lo dispuesto por el artículo 201 de la Ley N.° 26859 - Ley Orgánica de Elecciones, modificada por la Ley N.° 30673, en todos los procesos electorales, incluidos los previstos en la mencionada Ley, en la Ley N.° 26864 - Ley de Elecciones Municipales y en la Ley N.° 27683 - Ley de Elecciones Regionales, el padrón electoral se cierra trescientos sesenta y cinco (365) días calendario antes de la fecha de la respectiva elección y comprende a todas aquellas personas que cumplan la mayoría de edad hasta la fecha de realización del acto electoral correspondiente;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N.° 26864 - Ley de Elecciones Municipales, los extranjeros mayores de dieciocho (18) años, residentes por más de dos (02) años continuos previos a la elección, están facultados a elegir y ser elegidos en las elecciones municipales, excepto en las zonas de frontera, siempre y cuando estén debidamente inscritos en el registro correspondiente;

Que de conformidad al artículo 4 de la Ley N.° 27683 - Ley de Elecciones Regionales, las elecciones regionales se realizan junto con las elecciones municipales el primer domingo del mes de octubre del año en que finaliza el mandato de las autoridades regionales;

Que es función de la Gerencia de Registro Electoral del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, coordinar con los órganos y unidades orgánicas involucradas en la apertura, inscripción y cierre del Registro Electoral de Extranjeros residentes en el Perú una vez convocado el proceso electoral municipal;

Que el numeral 6.1 del artículo 6, del Reglamento RE-216-GRE/004 “Inscripción Electoral de Extranjeros residentes en el Perú en el marco de un Proceso Electoral”, primera versión, establece que en las Elecciones Municipales de calendario fijo, la inscripción en el RENIEC inicia cuatrocientos cincuenta y cinco (455) días calendario antes del día de la elección municipal y culmina el día del cierre del padrón electoral;

Que asimismo, el numeral 6.4 del artículo 6 del mencionado Reglamento, establece que en todos los casos, corresponde a la Gerencia de Registro Electoral del RENIEC, solicitar a la más alta autoridad administrativa la emisión de las respectivas resoluciones que dispongan la apertura y cierre de la inscripción de Extranjeros Residentes en el Perú;

Que en ese contexto, mediante Resolución Secretarial N.° 000048-2021/SGEN/RENIEC (30JUN2021), publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03JUL2021, se dispuso la apertura del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú, a partir del 04 de julio del 2021, a fin de que los extranjeros mayores de dieciocho (18) años de edad, residentes en el Perú por más de dos (02) años continuos, previos al día del proceso electoral, puedan ejercer las facultades de elegir y ser elegidos en las Elecciones Regionales Municipales 2022, a realizarse el domingo 02 de octubre de 2022;

Que mediante el documento de vistos, la Gerencia de Registro Electoral como órgano de línea responsable de elaborar y coordinar con los órganos competentes, el plan y cronograma de actividades para cada proceso electoral, señala que estando próximo el cumplimiento del plazo legal para el cierre del padrón electoral, corresponde solicitar la emisión del acto resolutivo que disponga el cierre del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú, cuya fecha es el 02 de octubre de 2021;

Estando a lo dispuesto por la Ley N.° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N.° 86-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modificatoria; y en el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS; modificado por el Decreto Supremo N.° 014-2012-JUS, Reglamento que establece las disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;

SE RESUELVE:

Artículo Primero. Disponer el cierre del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú, con fecha 02 de octubre de 2021.

Artículo Segundo. Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Secretarial a la Gerencia de Operaciones Registrales, a la Gerencia de Registros de Identificación, a la Gerencia de Registro Electoral y a la Gerencia de la Tecnología de la Información, en lo que corresponda, de acuerdo a lo señalado en los artículos precedentes y a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la misma.

Normas Legales Enlazadas

Organismos Autónomos

Resolución Secretarial Nº 000058-2021/SGEN/RENIEC

Disponen el cierre del Registro Electoral de Extranjeros Residentes en el Perú, con fecha 02 de octubre de 2021
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