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Comentario Legal

Poder Judicial aprueba el “Plan de Trabajo del Programa Presupuestal N.º 0067 Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia - Año 2020”

Poder Judicial aprueba el “Plan de Trabajo del Programa Presupuestal N.º 0067 Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia - Año 2020”
21 de febrero de 2020

[…]

CONSIDERANDO:

Primero. Que la señora Consejera Responsable del Programa Presupuestal N.º 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” remite el Plan de Trabajo del referido Programa Presupuestal, el cual ha sido elaborado bajo la estructura funcional programática del Programa Presupuestal N.º 0067, y de acuerdo a los productos y actividades programados para el año 2020.


Segundo. Que el “Plan de Trabajo del año 2020 del Programa Presupuestal N.º 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia” establece las actividades para el presente año, a desarrollarse en los Distritos Judiciales pertenecientes al ámbito de aplicación del mencionado Programa Presupuestal; así como implementar medidas de mejora en los despachos judiciales, fortalecimiento de competencias de los operadores y de los equipos multidisciplinarios.


Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.


En consecuencia; en mérito al Acuerdo N.º 236-2020 de la sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas, sin la intervención del señor Consejero Arévalo Vela por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,


SE RESUELVE:

Artículo Primero. Aprobar el “Plan de Trabajo del Programa Presupuestal N.º 0067 Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia - Año 2020”, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución; con cargo a la disponibilidad presupuestal.


Artículo Segundo. Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial dicte las medidas complementarias, para la ejecución del referido plan de trabajo.


Artículo Tercero. Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento.


Artículo Cuarto. Transcribir la presente resolución a la Consejera Responsable del Programa Presupuestal N.º 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

[…]

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