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Comentario Legal

Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprueba el Plan de Estrategia Publicitaria 2020

Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprueba el Plan de Estrategia Publicitaria 2020
13 de marzo de 2020

[…]

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N.° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, en adelante, la Ley N.° 28874, establece los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, gobierno regional y gobierno local destinarán al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión, así como fiscalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de servicios de publicidad en prensa escrita, radio y televisión;


Que, el artículo 2 de la Ley N.° 28874, dispone que la publicidad institucional es aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias;

Que, el artículo 3 de la Ley N.° 28874, establece que los requisitos para que el Titular del Pliego autorice la realización de publicidad estatal son: a) Plan de estrategia publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; b) Descripción y justificación de las campañas institucionales y comerciales que se pretendan llevar a cabo; c) Propuesta y justificación técnica de la selección de medios de difusión de acuerdo con el público objetivo y la finalidad que se quiere lograr, la cobertura, duración de la campaña, equilibrio informativo e impacto de los mismos, debiendo sustentarse técnicamente la razón por la que una determinada entidad o dependencia elige determinados medios de manera preferente, para no dar lugar a situaciones que privilegien injustificadamente a empresas periodísticas determinadas; y d) Proyecto de presupuesto para llevar a cabo las acciones comprendidas en las campañas;


Que, la Directiva N.° 002-2008-MTC/04 “Pautas y procedimientos para solicitar la contratación de servicios de publicidad y de divulgación en prensa escrita, radio, televisión y otros medios de comunicación por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, aprobada por Resolución Secretarial N.° 074-2008-MTC/04, en adelante, la Directiva, regula, entre otros, los procedimientos para solicitar la contratación de servicios de publicidad tratándose de publicidad institucional en prensa escrita, radio y televisión y de publicidad institucional en otros medios de difusión distintos a la prensa escrita, radio y televisión;


Que, el numeral 6.1 de la Directiva, establece que la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional elabora el Plan de Estrategia Publicitaria Institucional en coordinación con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el cual debe ser aprobado por Resolución Ministerial;


Que, por Memorándum N.° 120-2020-MTC/04.04, sustentado en el Informe N.° 017-2020-MTC/04.04/JTT, la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional propone para su aprobación el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuyo objetivo es difundir los servicios y obras que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones gestiona, desarrolla y supervisa en materia de infraestructura y servicios de transportes y comunicaciones, con el fin de integrar al país e interconectarlo, mediante el desarrollo e implementación de tres campañas publicitarias en medios de comunicación masivos y alternativos;


Que, mediante Memorando N.° 025-2020-MTC/09.03, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que la propuesta del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones cuenta con disponibilidad presupuestal, precisando que los recursos se habilitan de acuerdo al nivel de ejecución y al cronograma establecido en el referido Plan;


Que, por Memorándum N.° 0474-2020-MTC/09, sustentado en el Informe N.° 058-2020-MTC/09.01, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto de la aprobación de la propuesta del Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, considerando que la misma se encuentra articulada con los objetivos estratégicos institucionales del Plan Estratégico Institucional 2018 - 2022 y el Plan Operativo Institucional 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;


Que, en tal sentido, es necesario aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;


De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial N.° 959-2019 MTC/01; y la Directiva N.° 002-2008-MTC/04 “Pautas y procedimientos para solicitar la contratación de servicios de publicidad y de divulgación en prensa escrita, radio, televisión y otros medios de comunicación por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones”, aprobada por Resolución Secretarial N.° 074-2008-MTC/04;


SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional coordine, supervise y evalúe el cumplimiento de lo establecido en el Plan de Estrategia Publicitaria 2020 del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.


Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la referida Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano.

[…]

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