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Comentario Legal
09 de mayo de 2022

Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprueba Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del para el periodo 2023

Civil
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprueba Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental del para el periodo 2023

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 5 de la Ley N.° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (en adelante, MINCETUR) establece que, el MINCETUR define, dirige, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior y de turismo;

Que, mediante Ley N.° 29325, se crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, SINEFA), que tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas, así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realice de forma independiente, imparcial, ágil y eficiente, siendo su ente rector el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, OEFA);

Que, las funciones de fiscalización ambiental de las Entidades de Fiscalización Ambiental (en adelante, EFA) Nacional, Regional o Local se encuentran previstas en los artículos 4 y 7 de la citada Ley, siendo que tales funciones forman parte del SINEFA y sujeta su actuación a las normas en materia ambiental, así como las disposiciones que dicte el OEFA;

Que, conforme al numeral 6.1 del artículo 6 del Régimen Común de Fiscalización Ambiental, aprobado mediante Resolución Ministerial N.° 247-2013-MINAM, los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental (en adelante, PLANEFA) son los instrumentos de planificación a través de los cuales cada EFA programa las acciones a su cargo, en materia de fiscalización ambiental a ser efectuadas durante el año fiscal; y, las EFA tienen la obligación de formular, aprobar y reportar su PLANEFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA establezca para tal efecto;

Que, el artículo 5 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Planefa”, aprobados mediante Resolución de Consejo Directivo N.° 004-2019-OEFA/CD, dispone que el PLANEFA debe ser formulado de manera coordinada por los órganos de la EFA que ejercen las acciones de fiscalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de planificación y presupuesto; asimismo, las actividades planificadas en el PLANEFA deben ser incluidas en el Plan Operativo Institucional (POI) durante el año anterior a su ejecución, a fin de asegurar el financiamiento de las acciones y metas programadas. De la misma manera el artículo 8 de los citados Lineamientos, establece que el PLANEFA es aprobado mediante Resolución del titular de la EFA;

Que, según la Ley N.° 29408, Ley General de Turismo, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) aprueba la regulación ambiental de la actividad turística de acuerdo a la legislación ambiental nacional;

Que, en el marco del proceso de descentralización regulado por la Ley N.° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la transferencia de funciones a la Municipalidad Metropolitana de Lima no ha culminado, por lo que, el MINCETUR es la EFA del Sector Turismo en el ámbito territorial de Lima Metropolitana;

Que, mediante los documentos del visto, la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico órgano de línea del Viceministerio de Turismo, en coordinación con la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, ha formulado su respectivo plan de intervención para el ejercicio 2023, el cual ha sido priorizado y programado en el proyecto del PLANEFA correspondiente al año 2023 de conformidad con los referidos Lineamientos;

Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; la Ley N.° 29408, Ley General de Turismo; la Ley N.° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; el Decreto Supremo N.° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias; y, la Resolución de Consejo Directivo N.° 004-2019-OEFA-CD, que aprueba los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del PLANEFA”;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobar el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental -PLANEFA del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”, correspondiente al año 2023, el cual como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2. Encargar a la Dirección de Asuntos Ambientales Turísticos de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la implementación del PLANEFA 2023 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como, su registro virtual conforme a los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N.° 004-2019-OEFA/CD y normativa aplicable.

Artículo 3. Remitir copia de la presente Resolución al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), para los fines correspondientes.

Artículo 4. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.

Luz Milena Aranibar Figueroa
Br. Luz Milena Aranibar Figueroa

Normas Legales Enlazadas

Poder Ejecutivo

Resolución Ministerial Nº 127-2022-MINCETUR

Aprueban el “Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental -PLANEFA del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”, correspondiente al año 2023