Indecopi declara barrera burocrática ilegal el requisito de presentación de copia del comprobante de pago de multa por construir sin licencia del TUO de la Municipalidad Provincial del Cusco

AUTORIDAD QUE EMITE LA RESOLUCIÓN: Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas
FECHA DE EMISIÓN DE LA RESOLUCIÓN: 11 de enero de 2022
ENTIDAD QUE IMPUSO LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: Municipalidad Provincial del Cusco
NORMA QUE CONTIENE LA BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL: Numeral 10 del procedimiento administrativo 68 denominado “Licencia de Edificación en Vías de Regularización” del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Cusco aprobado mediante Ordenanza 39-2017-MPC
BARRERA BUROCRÁTICA DECLARADA ILEGAL:
El requisito consistente en la presentación de la copia del comprobante de pago de la multa por construir sin licencia, para el trámite de licencia de demolición en vía de regularización, materializada en el numeral 10 del procedimiento administrativo 68 denominado “Licencia de Edificación en Vías de Regularización” del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Cusco aprobado mediante Ordenanza 39-2017-MPC.
SUSTENTO DE LA DECISIÓN:
El numeral 48.1.8 del artículo 48 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aplicable a todas las entidades de la Administración Pública, establece que cuando se realizan pagos ante la propia entidad por algún trámite, el administrado está exento de presentar la constancia de pago, por lo que sólo queda obligado a informar en su escrito el día de pago y el número de constancia de pago, correspondiendo a la administración la verificación inmediata.
En ese sentido, la Municipalidad Provincial del Cusco ha contravenido normas de simplificación administrativa, tal como lo dispuesto en el numeral 48.1.8 del artículo 48 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, al solicitar copia de un documento que ha sido expedido por la misma entidad edil.
Lo señalado en este pronunciamiento no desconoce la facultad que tiene la Municipalidad Provincial del Cusco para establecer requisitos en los Procedimientos Administrativos, sino que estos deberán estar acorde con la legislación nacional siguiendo los lineamientos y legislación orientadas a la simplificación administrativa
