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Comentario Legal
08 de noviembre de 2021

INDECOPI aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional

CivilConsumidor
INDECOPI aprueba el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 304-2015-SERVIR/PE, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 13 de noviembre de 2015, se formalizó la aprobación de la Directiva N.° 002-2015-SERVIR/GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE”;

Que, con fecha 1 de abril de 2016, se publica en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Presidencia Ejecutiva N.° 057-2016-SERVIR-PE, que aprueba la versión actualizada de la Directiva N.° 002-2015-SERVIR/GDSRH;

Que, mediante Resolución Ministerial N.° 247-2021-PCM, de fecha 23 de octubre de 2021, la Presidencia del Consejo de Ministros aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual - INDECOPI;

Que, el literal f) del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva N.° 002-2015-SERVIR/GDSRH, define al Cuadro de Asignación Personal (CAP) Provisional como el documento de gestión de naturaleza temporal que contiene los cargos definidos y aprobados de la entidad, en base a su estructura orgánica vigente, prevista en su Reglamento de Organización y Funciones;

Que, conforme al numeral 5 del Anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva N.° 002-2015-SERVIR/GDSRH, el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento a través del cual se pueden realizar reajustes en los campos de “N.° de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasificación”, “situación del cargo” y “cargos de confianza”, así como otras acciones de administración que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad;

Que, el numeral 1.3 del Anexo 4 de la Directiva N.° 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que las entidades que cuenten con un CAP Provisional podrán ajustar el documento hasta por un máximo del 5% del total de cargos, conforme a los lineamientos establecidos en el numeral 5 del mismo Anexo;

Que, el segundo párrafo del numeral 5 del anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva N.° 002-2015-SERVIR/GDSRH, establece que el reordenamiento del CAP Provisional puede ser aprobado mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la entidad, previo informe de la Oficina de Recursos Humanos, con el visto bueno de la Oficina de Racionalización;

Que, el literal g) del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva referida, señala que el Titular de la entidad, a efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, es la máxima autoridad administrativa;

Que, el artículo 49 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por Decreto Legislativo N.° 1033 y modificatorias, establece que la Gerencia General es el máximo órgano ejecutivo y administrativo de la institución;

Que, con Informe N.° 000230-2021-ORH/INDECOPI, la Oficina de Recursos Humanos formula una propuesta para el reordenamiento del CAP Provisional de INDECOPI, consistente en que, de los ochocientos treinta y seis (836) cargos existentes, doscientos dieciséis (216) se encuentran “previstos” y, seiscientos veinte (620) “ocupados”, realizándose cambios en la situación de cuarenta y nueve (49) cargos, en el desplazamiento de catorce (14) cargos, en la denominación de siete (7) cargos y el cambio de la clasificación de cuatro (4) cargos;

Que, a través del Informe N.° 000090-2021-OPM/INDECOPI, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional del INDECOPI;

Que, mediante Informe N.° 000351-2021-OAJ/INDECOPI, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que la propuesta de reordenamiento del CAP Provisional del Indecopi cumple lo dispuesto en el numeral 5 del Anexo 4 de la versión actualizada de la Directiva N.° 002-2015-SERVIR/GDSRH, encontrándose la Gerencia General facultada para aprobar la propuesta y emitir la resolución correspondiente;

Que, en consecuencia, la Gerencia General considera procedente aprobar el reordenamiento del CAP Provisional de la Institución;

Con el visto bueno de la Oficina de Recursos Humanos, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el numeral 5 del Anexo 4 y el literal g) del numeral 4.3 de la versión actualizada de la Directiva N.° 002-2015-SERVIR/GDSRH, el artículo 49 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI y en el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, Ley N.° 30057, aprobado por Decreto Supremo N.° 040-2014-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del INDECOPI, de conformidad a los anexos que forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Recursos Humanos, coordinar con las áreas pertinentes la difusión del documento de gestión institucional aprobado, así como su publicación en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano.

Indira Katherine Vega Ramirez
Abg. Indira Katherine Vega Ramirez

Normas Legales Enlazadas

Organismos Ejecutores

Resolución Nº 000274-2021-GEG/INDECOPI

Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del INDECOPI