Fijan Valor de la Unidad Referencial Procesal (URP) para este 2023

De acuerdo al numeral 16 del artículo 139 de la Constitución, declara como principio de la función jurisdiccional la gratuidad de la administración de justicia y de la defensa gratuita para las personas de escasos recursos y, para todos, en los casos que la ley señala.
Asimismo, el artículo 1 de la Ley N.° 26846 determina los principios que sustentan el pago de tasas judiciales: a) Equidad, por la que se exonera del pago de tasas a personas de escasos recursos económicos, obteniendo mayores ingresos que permitan mejorar el servicio de auxilio judicial; b) Promoción de una correcta conducta procesal que desaliente el ejercicio irresponsable del litigio y el abuso del ejercicio de la tutela jurisdiccional; y c) Simplificación administrativa, que permita mayor celeridad en el trámite de acceso al servicio de auxilio judicial. Asimismo, el artículo VIII del Título Preliminar del Código Procesal Civil, establece la gratuidad del acceso al servicio de justicia; sin perjuicio del pago de costos, costas y multas establecidas en el referido Código y disposiciones administrativas del Poder Judicial.
Por lo tanto, el 24 de diciembre de 2022, el Poder Ejecutivo aprobó mediante Decreto Supremo N.° 309-2022-EF el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el año 2023, fijando su importe en cuatro mil novecientos cincuenta y 00/100 Soles (S/ 4,950.00); por lo que, corresponde fijar el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP), para el año 2023, en la suma de cuatrocientos noventa y cinco y 00/100 Soles (S/ 495.00).
Conforme a lo anterior, mediante el Acuerdo N.° 1596-2022 realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Por medio de los siguientes artículos se dispone:
Artículo Primero. Fijar el valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) para el año 2023, en cuatrocientos noventa y cinco y 00/100 Soles (S/ 495.00), equivalente al 10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), aprobada mediante Decreto Supremo N.° 309-2022-EF.
Artículo Segundo. Aprobar el Cuadro de Valores de los Aranceles Judiciales para el año 2023, el mismo que en anexo adjunto forma parte de la presente resolución, y se regirá bajo los lineamientos del Reglamento de Aranceles Judiciales vigente.
Artículo Tercero. Disponer que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución.
Artículo Cuarto. Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.
Artículo Quinto. Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General del Poder Judicial para su conocimiento y fines pertinentes.
Para vizualizar el cuadro de valores de aranceles judiciales - 2023 (Banco de la Nación), descargue el archivo adjuntado en la parte inferior.
