Actualidad Civil
Inicia sesión
o suscríbete
Zona de
suscriptores

Suscripción 2027

AGOSTO 2026 - JULIO 2027

Portada
Última ediciónNúmeros anteriores
InicioLa revistaEquipo editorialIndizaciónEstadísticas
Especial del mes
Jurisprudencias
Códigos y leyes
NoticiasComentarios legales
ipTVPodcast
Suscripción 2027
  1. Portada
  2. Zona de Suscriptores
  3. Comentarios Legales
Comentario Legal

Difieren realización del Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil

Difieren realización del Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil
23 de noviembre de 2020

CONSIDERANDO:


Primero. Que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N.° 000267-2020-CE-PJ, entre otras medidas, aprobó el “Plan Nacional de Plenos Jurisdiccionales Superiores 2020”; en el cual se encuentra el Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil, programado del 17 al 18 de noviembre de 2020.


Segundo. Que ante los graves sucesos acontecidos esta semana, en especial en la ciudad de Lima el día 14 de noviembre de 2020; y ante la eventualidad que estos continúen en los próximos días, resulta pertinente diferir la fecha del mencionado pleno jurisdiccional, para que se programe en su oportunidad.


Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.


En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno,


RESUELVE:


Artículo Primero. Diferir la realización del Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil, que se llevaría a cabo los días 17 y 18 de noviembre de 2020, para otra fecha.


Artículo Segundo. Encargar al Director del Centro de Investigaciones Judiciales, la reprogramación del mencionado pleno jurisdiccional.


Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Consejero Responsable del Consejo Consultivo del Centro de Investigaciones Judiciales, Academia de la Magistratura, Comisión Nacional de Implementación, Supervisión y Monitoreo de la Oralidad Civil, Cortes Superiores de Justicia del país, Centro de Investigaciones Judiciales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

CivilProcesal Civil

Comentarios

Últimos Comentarios

No hay más comentarios disponibles.
Actualidad Civil

Una marca de Instituto Pacífico

Actualidad Civil la revista de referencia obligatoria para jueces, fiscales y abogados civilistas con rigor dogmático y soluciones prácticas.

La revista

  • Última edición
  • Números anteriores
  • Inicio
  • La revista
  • Equipo editorial
  • Indización
  • Estadísticas

Normas editoriales

  • Normas para autores
  • Normas de evaluación
  • Normas éticas
  • Políticas de acceso abierto
  • Políticas de preservación digital
Convocatoria Formas de pago

Alertas civiles

Regístrate gratis y recibe en tu correo o WhatsApp las últimas casaciones del día, modificaciones del Código Civil y beneficios exclusivos de la Campaña 2027

Estamos para ayudarte

Comuníquese con nuestra central o visítenos en nuestras oficinas corporativas autorizadas.

Central telefónica:(01) 619-3700
Correo de informes:info@institutopacifico.pe
Dirección:Jr. Castrovirreyna 224, Breña, Lima - Perú

Transparencia

  • Términos y Condiciones de Uso
  • Políticas de Privacidad y Datos Personales (Ley N° 29733)
  • Políticas de Cookies

Cumplimiento legal

Conforme al Código de Protección al Consumidor en el Perú, ponemos a su disposición nuestro libro virtual de incidencias.

Libro de reclamaciones
© 2026 Actualidad Civil - Instituto Pacífico S.A.C. Todos los derechos reservados.