Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo entre la República del Perú y la República de Chile para Fortalecer la Lucha contra la Trata de Personas, el Tráfico Ilícito de Migrantes y Delitos Conexos

CONSIDERANDO:
Que el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Chile para Fortalecer la Lucha contra la Trata de Personas, el Tráfico Ilícito de Migrantes y Delitos Conexos” fue suscrito el 7 de julio de 2017 en la ciudad de Lima, República del Perú, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N.° 31387 del 30 de diciembre de 2021;
Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento jurídico internacional;
Estando al Informe (DGT) N.° 035-2018; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2 de la Ley N.º 26647;
DECRETA:
Artículo 1. Ratifícase el “Acuerdo entre la República del Perú y la República de Chile para Fortalecer la Lucha contra la Trata de Personas, el Tráfico Ilícito de Migrantes y Delitos Conexos” suscrito el 7 de julio de 2017 en la ciudad de Lima, República del Perú, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N.° 31387 del 30 de diciembre de 2021.
Artículo 2. El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N.° 26647, el texto íntegro del referido tratado y la fecha de su entrada en vigor.
Artículo 3. El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.
