Aprueban directiva que permite el uso de la Mesa de Partes Virtual y Sistema de Notificación Electrónica de la Defensoría del Pueblo

CONSIDERANDO:
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Que, mediante el Informe N.º 008-2020-DP/SG-AGDA, el Área de Gestión Documentaria y Archivo remite a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto el proyecto de “Directiva para el uso de la Mesa de Partes Virtual y Sistema de Notificación Electrónica de la Defensoría del Pueblo”, el mismo que ha sido elaborado por la referida Área en coordinación con la Oficina de Gobierno Digital, Proyectos y Tecnologías de la Información y la Oficina de Asesoría Jurídica;
Que, mediante el Informe N.° 0020-2020-DP/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto al proyecto de “Directiva para el uso de la Mesa de Partes Virtual y Sistema de Notificación Electrónica de la Defensoría del Pueblo” y recomienda su aprobación lo que permitirá lograr mayores niveles de eficiencia y eficacia en los trámites realizados ante la Entidad;
Que, la referida Directiva tiene como objetivo mejorar la eficiencia en los actos administrativos y actuaciones administrativas internas emitidas en el marco del ejercicio de las competencias de la Defensoría del Pueblo, generando buenas prácticas de gestión institucional haciendo uso de las tecnologías de información y comunicación (TIC) para mejorar la atención de los administrados;
Que, habiéndose cumplido con lo dispuesto en la Directiva “Directiva que regula el procedimiento para la Elaboración, Aprobación y Modificación de Directivas de la Defensoría del Pueblo”, aprobada por Resolución de Secretaría General N.° 087-2019/DP-SG, resulta necesario aprobar la “Directiva para el uso de la Mesa de Partes Virtual y Sistema de Notificación Electrónica de la Defensoría del Pueblo”, con el fin de contar con una plataforma informática que facilite a los administrados la presentación virtual de documentos y su respectiva consulta garantizando el pleno ejercicio de los derechos de los usuarios;
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SE RESUELVE:
Artículo Primero. APROBAR la “Directiva para el uso de la Mesa de Partes Virtual y Sistema de Notificación Electrónica de la Defensoría del Pueblo”, que consta de veintiún (21) páginas y dos (2) Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo.