Aprueban Directiva N.º 011-2020-CE-PJ referida a la administración, control y custodia de los Certificados de Depósitos Judiciales

CONSIDERANDO:
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Sexto. Que, en ese sentido, la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial mediante Informe N.º 940-2020-OAL-GG-PJ, concluye que la Subgerencia de Recaudación propone tres proyectos normativos: a) Directiva denominada “Administración, Control y Custodia de los Certificados de Depósitos Judiciales en trámite, concluidos - prescritos”, cuyo objeto es establecer disposiciones que permitan la correcta administración, control y custodia de los Certificados de Depósitos Judiciales en físico, correspondientes a las consignaciones judiciales efectuadas en el Banco de la Nación; b) Procedimientos denominados “Procedimiento de Administración, Control y Custodia de los Certificados de Depósitos Judiciales”, y “Procedimiento de Devolución de Certificados de Depósitos Judiciales”, cuyo objeto es establecer los Procedimientos de Administración, Control, Custodia y Devolución de los Certificados de Depósitos Judiciales a llevarse a cabo por la Gerencia General del Poder Judicial y las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional.
Sétimo. Que, dichas propuestas dejarán sin efecto a la Directiva N.º 008-2000-TP-SE-CME-PJ, aprobada por Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N.º 192-SE-TP-CME-PJ, y su modificatoria efectuada a través de la Resolución Administrativa N.º 129-2006-CE-PJ, y a la Resolución Administrativa N.º 100-2016-CE-PJ, que dispone el endoso y la remisión a la Subgerencia de Recaudación Judicial de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de los Certificados de Depósitos Judiciales, a los cuales no se les puede determinar expediente de origen y que tienen diez (10) años o más desde la fecha de emisión; y, la Resolución Administrativa N.º 243-2018-CE-PJ que reitera las disposiciones establecidas en el artículo 1 de la Resolución Administrativa N.º 100-2016-CE-PJ.
Octavo. Que, en ese sentido, se debe considerar que el fin de las nuevas propuestas es la de incorporar el Sistema de Gestión Antisoborno a la normativa del Poder Judicial; asimismo, se puede advertir que el proyecto cumple con las estructuras previstas para este tipo de documentos, conforme a los Anexos 01 y 08, para proyectos de Directiva y Procedimientos conforme indica la Directiva N.º 010-2019-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N.º 478-2019-CE-PJ; asimismo, los conceptos contenidos en su estructura interna se encuentran desarrollados en forma clara y tienen un impacto administrativo favorable en la administración en términos de eficiencia y eficacia sobre el procedimiento que regula.
Noveno. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N.º 00127-2020-GG-PJ eleva a este Órgano de Gobierno el proyecto de Directiva denominada “Administración, Control y Custodia de los Certificados de Depósitos Judiciales en trámite, concluidos - prescritos”; así como los proyectos de Procedimientos denominados “Procedimiento de Administración, Control y Custodia de los Certificados de Depósitos Judiciales” y “Procedimiento de Devolución de Certificados de Depósitos Judiciales”, para su evaluación y aprobación.
Décimo.Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de las propuestas presentadas.
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SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobarla Directiva N.º 011-2020-CE-PJ, denominada “Administración, Control y Custodia de los Certificados de Depósitos Judiciales en trámite, concluidos - prescritos”; que en anexo forma parte integrante de la presente decisión.
Artículo Segundo.- Aprobarlos Procedimientos denominados “Procedimiento de Administración, Control y Custodia de los Certificados de Depósitos Judiciales” y “Procedimiento de Devolución de Certificados de Depósitos Judiciales”; que en anexo forman parte integrante de la presente decisión.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto la Directiva N.º 008-2000-TP-SE-CME-PJ, aprobada por Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N.º 192-SE-TP-CME-PJ, del 17 de mayo del 2000; y su modificatoria efectuada a través de la Resolución Administrativa N.º 129-2006-CE-PJ, del 4 de octubre de 2006, así como la Resolución Administrativa N.º 100-2016-CE-PJ, del 27 de abril de 2016, y la Resolución Administrativa N.º 243-2018-CE-PJ, del 8 de agosto de 2018, y toda disposición que se oponga a la presente decisión.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, realice la implementación de las herramientas necesarias para la ejecución de la Directiva y Procedimientos aprobados en la presente resolución.
Artículo Quinto.- Disponer a la Gerencia General del Poder Judicial que realice las acciones administrativas necesarias, para el cumplimiento de la presente resolución.
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